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Inventos de la Democracia local

Agustín Ruiz Robledo

Alexis de Tocqueville observó en La democracia en América, publicado en 1840, que buena parte del éxito de los Estados Unidos se debía a la fuerza y el vigor de su democracia local. En el globalizado mundo del siglo XXI, la afirmación del gran pensador liberal sigue siendo completamente válida, tanto es así que algunas de las innovaciones más interesantes de la democracia, como los presupuestos participativos, se han gestado en el ámbito local.

En Andalucía, repleta de ciudades cargadas de historia, no hemos querido ser menos y raro es el día que los medios de comunicación no nos sorprenden con alguna nueva invención democrática local. La semana pasada, por ejemplo, el Pleno la Diputación de Huelva eligió a sus representantes en la Asamblea de El Monte y los partidos mayoritarios, el PSOE e IU, decidieron atribuirse los 21 miembros que le correspondían, sin dejar ninguno a la minoría del PP, que no pareció comprender las ventajas de esta decision y protestó airadamente, sin duda en la confianza de que la legislación vigente y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional obligan a un reparto proporcional de esos representantes.

Esta semana la sorpresa ha venido por el lado del PP, cuyo grupo municipal en el Ayuntamiento de Cádiz ha pedido la convocatoria de un pleno extraordinario para reprobar la conducta del líder de la oposición, Rafael Román, que había solicitado que la alcaldesa, Teófila Martínez, diera "explicaciones convincentes" acerca de la actuación municipal en el derrumbe de un edificio el 16 de enero pasado en el que falleció un adolescente. No encuentro ni en mis archivos ni en los de Internet, infinitamente más completos, precedentes de una reprobación similar. Hay, evidentemente, no pocos ejemplos de reprobaciones un tanto disparatadas, como la declaración de persona non grata del presidente Aznar que hizo la Universidad de Barcelona y la del Ayuntamiento de El Ejido contra Juan Goytisolo. Tampoco faltan las reprobaciones, casi siempre fallidas, de ministros, consejeros y alcaldes, pero la idea de reprobar la actuación de un concejal de la oposición es, hasta donde conozco, rigurosamente inédita.

La figura de la reprobación, inventada en nuestro parlamentarismo como hermana menor y sucedáneo de la moción de censura, es un instrumento de control de una Asamblea democrática (sea un Parlamento, sea un Ayuntamiento) contra el Ejecutivo, que tiene la responsabilidad de gobierno. En los Estados de partidos, como el nuestro, evidentemente es la oposición quien la usa, por lo demás con escaso éxito; pero esta tarea de control es tan esencial para la democracia que los parlamentarios pueden decir lo que consideren conveniente sin miedo a ser perseguidos judicialmente (inviolabilidad). Por pura lógica, si un poder judicial independiente no puede juzgar las opiniones, votos e iniciativas de la minoría, mucho menos lo podrá hacer la mayoría de esa misma Cámara: sería tanto como permitir que un pleito lo resolviera una de las partes.

Una de las ventajas que recogía Tocqueville de la democracia local consiste en que las innovaciones políticas y sociales erróneas que se toman en ese ámbito tendrán muy poco coste para el conjunto de la nación, mientras que si la innovación es favorable para los intereses generales se puede extender rápidamente a todo el territorio nacional. No hace falta ser un experto sociólogo para comprender que la decisión de reprobar a un concejal de la oposición por presentar una pregunta que no le gusta a la mayoría está dentro del primer grupo, aunque no es seguro que en el futuro no haya alcaldes de las más diversas ideologías que sigan el camino que ahora explora el PP de Cádiz. Si seguimos con innovaciones tan disparatadas, no habrá más remedio que retomar el grito de otro viejo liberal, Miguel de Unamuno: ¡qué inventen ellos!

Agustín Ruiz Robledo es profesor titular de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada.

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