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Anulado el acuerdo de privatizar Canal 9 porque su gestión es pública y no puede pasar a terceros

La juez estima un recurso de UGT y dice que se vació de atribuciones el consejo de RTVV

Una sentencia ha frenado en seco el proyecto de privatización de Canal 9. La titular del juzgado de Lo Contencioso número dos de Valencia ha estimado un recurso de UGT contra el acuerdo del consejo de administración de Ràdio Televisió Valenciana (RTVV) que dio luz verde al proceso. En la sentencia, la juez entiende que el acuerdo del consejo de administración es contrario a derecho porque se pretendía una privatización, aunque el Consell y RTVV lo describieron como externalización, y ello afecta a la esencia de un servicio público cuya gestión no puede pasar a manos privadas.

La sentencia considera que el acuerdo del consejo de administración no se ajustó a derecho porque, además de vulnerar preceptos constitucionales, de la Ley de Terceros Canales, del estatuto de autonomía y de la Ley de Creación de RTVV, supuso vaciar de contenido las atribuciones del propio consejo al impedir que discutiera sobre la propuesta, ya que la dirección de Canal 9 llevó el acuerdo únicamente para someterlo a votación. Según la magistrada, los tres concursos suponían alterar de forma sustancial el modelo de televisión. De hecho, los pliegos de condiciones establecían que los adjudicatarios serían gestores de las 1.884 horas de programación, de los servicios informativos y de la publicidad hasta 2008. Ello, según recoge en la sentencia la juez, significa que la atribución del consejo de decidir sobre la programación y sobre el presupuesto quedaba invalidada al estar en manos ajenas.

La magistrada considera que las leyes son muy claras a la hora de establecer quién es depositario de la gestión de los medios de comunicación públicos. Entiende que tanto la Ley del Tercer Canal como la Ley de Creación de RTVV son diáfanas al descansar la gestión en la Administración y es a ella a quien además atribuye el cuidado de que tal naturaleza no se vea alterada. En el fallo se matiza que es bien distinto dar entrada a la gestión privada que trasladar la gestión de ente público a la gestión privada.

La dirección de RTVV rechazó ayer los argumentos de la sentencia y afirmó que el acuerdo está sujeto a derecho. La sentencia permite recurso de apelación, que ya ha anunciado RTVV, en un plazo máximo de 15 días. Y será a partir de ese momento cuando UGT solicite la ejecución de sentencia para que, más allá de la anulación del acuerdo, se ejecute la paralización del proceso.

Otros recursos sobre el mismo acuerdo quedan aún pendientes de resolverse, los presentados por CC OO, la Unión de Consumidores, la Asociación de Usuarios de la Comunicación, la CGT, el PSPV y EU.

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