El Gobierno quiere responsabilizar a los directivos de las cuentas de las empresas
Economía impulsa una reforma en línea con la que abordan la UE y Estados Unidos
Los directivos que participan en la preparación de las cuentas de una compañía serán responsables de la exactitud de las mismas si prospera la reforma contable que prepara el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). Esto supondría extender la responsabilidad sobre la información financiera a directores generales y directores financieros, tal y como ocurre ya en Estados Unidos y como ha propuesto el comisario europeo Fritz Bolkestein. La propuesta, aún en estudio, debe ser aceptada por Economía, que sería el departamento encargado de impulsarla.
El consejo de administración es el órgano responsable de las cuentas anuales de una compañía en España. Por eso este documento, que se compone del balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria, debe ser firmado por todos sus miembros, según establecen la Ley de Sociedades Anónimas y el Código de Comercio.
El ICAC quiere ir más allá. La idea es extender esa obligación a los directivos que participan en la preparación de las cuentas, como pueden ser el director general o el director financiero, se sienten éstos en el órgano que gobierna la sociedad o no, según explica el presidente del ICAC, José Luis López Combarros. Para ello, los técnicos de este organismo del Ministerio de Economía, que dirige Rodrigo Rato, se han fijado en la última reforma estadounidense, aprobada en 2002 como reacción a los escándalos corporativos que empezaron con la quiebra de Enron.
Ésta obliga al primer directivo (chief executive officer) y al director financiero (chief financial officer) a "certificar" los informes financieros de las compañía cotizadas. Ello significa que estos documentos deben incorporar una declaración escrita de cada uno de estos directivos en la que éstos confirmen que han revisado el informe y que el contenido de éste se ajusta a la realidad. No cumplir alguna de estas exigencias puede acarrear multas de hasta cinco millones de dólares y 20 años de prisión.
La reforma española aún no está tan detallada, si bien en el ICAC aseguran que se están planteando también la posibilidad de que estos directivos arriesguen penas de cárcel si no cumplen con la nueva obligación.
Lo que no está claro aún es el calendario. La intención del promotor era incluir este cambio dentro de la próxima reforma contable que, de acuerdo al calendario inicial previsto, debería estar en manos del Ministerio de Economía a mediados de este año. Las elecciones del próximo 14 de marzo pueden retrasar estos planes.
La Unión Europea, que intenta responder al escándalo Parmalat, puede dar un nuevo impulso al proceso. El comisario de Mercado Interior, el holandés Fritz Bolkestein, hizo una propuesta en el mismo sentido en la última reunión de ministros de Economía y Finanzas (Ecofin) el pasado martes. Algunos abogados consultados cuestionan, sin embargo, la eficacia jurídica de este tipo de medidas. "El consejero delegado puede firmar lo que sea, pero él no hace las cuentas", asegura un experto en derecho mercantil, que prefiere no aparecer con su nombre. La clave de la reforma estadounidense está en su dimensión simbólica, en el hecho de obligar a los directivos a firmar los informes financieros.
En España, tal y como está hoy la ley, ni siquiera se pueden imputar al consejo de administración todos los errores en las cuentas de una compañía. El consejo es el órgano que aprueba las cuentas, pero no las hace. Por eso para exigir responsabilidad a un consejero por el contenido de este documento se debe demostrar que no cumplió con sus obligaciones de supervisar al equipo directivo o que lo hizo de forma inadecuada.
Si se logra demostrar este extremo se puede plantear una demanda de responsabilidad civil, para lo cual es necesario acreditar el daño y cuantificarlo. Otra vía es la penal. El Código Penal de 1995 introdujo como novedad un capítulo específico sobre delitos societarios. El artículo 290 especifica que los administradores "que falsearen las cuentas anuales u otros documentos que deban reflejar la situación jurídica o económica de la entidad (...), serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de 6 a 12 meses". La querella debe interponerla algún afectado, "suele ir contra el consejo en bloque y es en la investigación donde se depura quién es el responsable. En la práctica, el consejero delegado siempre es el que primero aparece", explica un abogado penalista, quien precisa que este delito suele ir asociado a otros más graves, como el de fraude o estafa.
La última memoria de la Fiscalía General del Estado constata que los delitos societarios están en aumento: en 2002 fueron 356 causas, lo que supone un 27% más que el año anterior. El mismo análisis recoge un descenso del delito contable.
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