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El Supremo absuelve de aborto a dos ginecólogos valencianos

El Tribunal Supremo ha absuelto a los ginecólogos Josep Lluís Carbonell y Javier Vives del delito de aborto al que fueron condenados por la Audiencia de Castellón por una interrupción de embarazo practicada en 1992, aunque ha mantenido para Vives la condena de un año de cárcel y otro de inhabilitación por las lesiones que se derivaron de la intervención y que provocaron que la mujer se quedara estéril. En la anterior sentencia, de noviembre de 2001, Vives fue condenado a dos años por aborto "ilegal" e imprudencia médica y cuatro de inhabilitación. A Carbonell se le impuso un año de cárcel y otro de inhabilitación como cómplice por firmar el informe que certificó que la mujer, de seguir con el embarazo, padecía un grave riesgo para su salud psíquica.

Entonces, la Audiencia consideró que no se presentaron pruebas suficientes de la inestabilidad psíquica de la mujer. También se fijó una indemnización de 60.000 euros a la mujer, que el Supremo ha mantenido.

Carbonell, director de la Clínica Mediterránea Médica, señaló ayer que la resolución "llega con diez años de retraso" y comentó su satisfacción por el hecho de que el tribunal haya reconocido la posibilidad de que un médico, no necesariamente psiquiatra, pueda avalar el informe previo a la interrupción del embarazo.

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