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Condena de 11 años por el crimen que desató la xenofobia en El Ejido

La sentencia recoge que el asesino de Encarnación López sufre esquizofrenia paranoide

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería ha condenado a 11 años y 10 meses de prisión a Lesbir Fahim, el marroquí de 26 años que reconoció haber matado a Encarnación López la mañana del 5 de febrero de 2000 en el mercadillo de Santa María de El Águila, en El Ejido. Ese crimen -junto con la muerte dos semanas antes de dos agricultores a manos de otro ciudadano inmigrante magrebí- desencadenó los sucesos xenófobos y un brote de extremada violencia callejera en el municipio almeriense de El Ejido en febrero de 2000. Durante esos disturbios fueron quemados coches de ciudadanos extranjeros y arrasados locales relacionados con inmigrantes.

La sentencia establece, por un lado, una pena de 11 años y tres meses por un delito de asesinato "con concurrencia de eximente incompleta por esquizofrenia paranoide"; de otro lado, le condena a siete meses de prisión por un delito de lesiones en grado de tentativa. El abogado defensor de Fahim, Agustín Lázaro, anunció ayer que recurrirá la sentencia para que se tenga en cuenta el estado mental de su defendido.

El abogado del condenado no ocultó ayer su "sorpresa" y "perplejidad" por la filtración mediática de la sentencia de su defendido a la que todavía no ha tenido acceso como letrado, según explicó. "Me parece insólito que la tengan [la sentencia] dando vueltas por ahí y que las partes implicadas no la tengamos. He llamado a mi procurador y no se la han facilitado todavía", aseguró el abogado. Lázaro avanzó, sin embargo, su "total disconformidad" con la sentencia filtrada a los medios de comunicación de Almería.

"La pienso recurrir. No me satisface en absoluto y esa sentencia no tiene nada que ver con el juicio al que yo asistí. Los peritos dijeron que estaba bajo un brote psicótico y no lo han tenido en cuenta como eximente, sólo como atenuante", aseguró el letrado. La acusación particular, por su parte, se mostró satisfecha de que la sentencia recoja la calificación de asesinato y no de homicidio. Lesbir Fahim asestó con un cuchillo dos puñaladas a Encarnación López, cuando esta se encontraba de compras en un mercadillo ambulante de El Ejido y fue detenido horas después por la policía.

El juicio quedó visto para sentencia el pasado 6 de octubre tras dos sesiones orales. Durante el juicio quedó probado que Lesbir Fahim padecía en el momento de los hechos un brote psicótico. "El día de los hechos él tenía alucinaciones, ideas delirantes y un cuadro esquizofrénico paranoide, eso sin duda alguna. Ese cuadro puede durar meses, o años. Hay brotes psicóticos en los que no se produce ningún hecho delictivo. El tratamiento debe durar mínimo de entre seis meses a un año", dijo uno de los cinco peritos que testificaron en la vista oral y cuyas declaraciones fueron asentidas por los otros cuatro peritos presentes en la sala.

Eximente incompleta

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El fiscal pidió para el acusado 14 años de prisión por el delito de asesinato y un año más por un delito de tentativa de lesiones y, en el caso de que el tribunal apreciara la concurrencia de eximente, el internamiento en un centro psiquiátrico durante 20 años. La acusación particular reclamó 20 años por delito de asesinato y uno más por el de lesiones. Para la acusación particular, representada por el abogado Emilio Lucas, existe, por una parte, "una cierta satisfacción" por la condena por asesinato, sin embargo, el letrado añade que la pena impuesta es "insuficiente".

Por su parte, Agustín Lázaro pidió la libre absolución de su cliente que ya ha pasado tres años en prisión. "Los cinco peritos han dejado claro que en el momento de los hechos mi defendido padecía un brote psicótico. Todo lo demás no debe tenerse en cuenta porque incluso la preparación llevada a cabo estaba dentro de ese cuadro", concluyó el defensor de Fahim ante el tribunal.

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