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Reportaje:

"Próxima estación..."

Un tribunal condena a indemnizar al hombre que anuncia las paradas del metro porque no lo autorizó

A los tribunales de justicia llegan los casos más insólitos que uno pueda imaginar, y la sentencia que ayer trascendió es un claro ejemplo de ello. Resulta que el hombre que anuncia las paradas de las estaciones de las líneas 1, 3 y 4 del metro de Barcelona recibirá una indemnización de 2.404 euros porque la empresa Ferrocarriles Metropolitanos de Barcelona utiliza desde hace años su voz sin su autorización.

El afectado, cuyo nombre y primer apellido es Artur Mas, es una persona conocida en el mundo audiovisual y, después de haber trabajado durante años como locutor de radio, ahora se gana la vida con una pequeña discográfica. En 1985 Mas acudió a unas pruebas de selección de voces "para su uso en megafonía pública", explica la sentencia. El hombre facturó por horas a la empresa que le contrató y nunca más volvió a saber. "Le dijeron que era una primera criba y que en caso de resultar elegido, se le volvería a llamar", explicó ayer su abogado, Lluis Farell.

Pero pasaron los años, el metro incorporó la megafonía y sus amigos y familiares reconocieron la voz cuando ese servicio se puso en marcha. Mas vive en Molins de Rei (Biax Llobregat) y no es usuario habitual del metro, pero ante la insistencia de sus conocidos decidió comprobarlo él mismo y viajó en 1997 en diversas líneas del metro para identificar su voz. Después intentó un acuerdo con la empresa pública de transporte para evitar el pleito, añade el abogado, pero no fue posible. Y el caso acabó en los tribunales, donde presentó una demanda en la que reclamaba 18.000 euros por intromisión ilegítima en su imagen y otros 12.000 euros por quebrantamiento del derecho de propiedad intelectual. Un perito judicial certificó que la voz del metro era la de Mas, aunque maquillada y en mayo de 2001 el Juzgado de Primera Instancia número 53 de Barcelona condenó a la empresa municipal a abonarle 400.000 pesetas (2.400 euros) por daño moral.

Mas y la empresa recurrieron ante la Audiencia de Barcelona y ahora la Sección 15 ha confirmado íntegramente la sentencia al considerar que se vulneró el derecho a la imagen "como derecho de la personalidad". Pero anunciar las paradas y las correspondiencias, dicen los jueces, no puede considerarse creación artística y por eso rechazan concederle una segunda indemnización.

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