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Reforma legal para cumplir una sentencia del Supremo

Jorge A. Rodríguez

La reforma parcial de la ley 8/2000, la de Extranjería, ha venido forzada por la anulación por el Tribunal Supremo de gran parte del articulado del reglamento, por la necesidad de introducir varias directivas europeas y por el deseo del Gobierno de endurecer las condiciones de entrada. El texto consagra el visado como el gran instrumento de entrada, que sólo se concederá a los inmigrantes que cumplan con "todos" los requisitos exigidos. Los grandes puntos de la re-reforma son éstos:

- Visado. Será el único documento para entrar y trabajar, estudiar, sin más papeles ni permisos. Se dará en los países de origen y con la vigencia limitada al tiempo del contrato de trabajo o del curso que se vaya a hacer. Se introduce el visado de tres meses para buscar trabajo, que no se prolongará en caso de que el extranjero no logre empleo.

- Inmigración ilegal. Tipifica con mayor precisión y refuerza las sanciones por las infracciones "individuales o colectivas" de quienes con ánimo de lucro trabajen o integren las mafias de traficantes de personas.

- Compañías aéreas. Se les podrá exigir el listado del pasaje antes de que el avión despegue en los países de origen "para adelantar los controles fronterizos". Las compañías tendrán que hacerse cargo, en condiciones dignas, del retorno de los pasajeros en tránsito a los que se les deniegue la entrada y se fija un catálogo de multas para las que no respeten las exigencias legales, como el no informar de los billetes de vuelta no usados por extranjeros que lleguen como turistas.

- Padrón. Se exigirá a los municipios que mantengan actualizado el padrón, que podrá ser utilizado como fuente de información por el Ministerio del Interior para el control migratorio. Se han limitado las vías de acceso a esa información. También se podrá recurrir a bases de datos de otras administraciones, como la Agencia Tributaria o la Tesorería de la Seguridad Social.

- Expulsión. Se refuerza y agiliza la "expulsión preferente", la más rápida, y se penalizará a los inmigrantes que intenten entrar por puntos fronterizos no autorizados (los de las pateras), a quienes se les impedirá volver durante diez años. España reconocerá sin más trámites las resoluciones de expulsión de otros países de la UE.

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- Reagrupación. Se rompe la llamada reagrupación en cadena que permitía que un trabajador pudiera traer a su pareja, ésta a sus padres, éstos a sus ancestros... Ahora sólo podrán reagrupar a sus familiares aquéllos que hayan obtenido por sí mismos el permiso para estar aquí y no por un reagrupamiento anterior.

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Sobre la firma

Jorge A. Rodríguez
Redactor jefe digital en España y profesor de la Escuela de Periodismo UAM-EL PAÍS. Debutó en el Diario Sur de Málaga, siguió en RNE, pasó a la agencia OTR Press (Grupo Z) y llegó a EL PAÍS. Ha cubierto íntegros casos como el 11-M, el final de ETA, Arny, el naufragio del 'Prestige', los disturbios del Ejido... y muchos crímenes (jorgear@elpais.es)

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