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Reportaje:

A la calle por maltratador

Una juez de Alicante aplica en un juicio rápido la orden de protección a una mujer víctima de violencia doméstica

Durante un mes no podrá acercarse al domicilio familiar y, además, durante ese tiempo tendrá que abonar una pensión de 150 euros en concepto de manutención por cada uno de sus dos hijos, cuya custodia también ha perdido en favor de su mujer. Son las consecuencias que afronta un hombre de Alicante procesado y enjuiciado por el sistema de juicios rápidos. El hombre estaba encausado por amenazas a su mujer, pero el tribunal también le aplicó la nueva orden de protección a las víctimas de violencia doméstica.

Petra Pereda, titular del Juzgado de Instrucción número 8 de Alicante, a petición del fiscal, optó por incluir, junto a la sentencia in voce, el auto de medidas de protección por estimar que "existen fundamentos de grave riesgo para la integridad física de la víctima".

La juez aplicó la nueva norma al considerar que estaba en peligro la integridad de la víctima

Ésta es la primera resolución jurídica de estas características que este periódico ha conocido desde la entrada en vigor de la reforma legal, el pasado 2 de agosto. El auto de la magistrada tendrá una validez de un mes. Pasado ese tiempo, si la mujer presenta una demanda de separación por vía civil, el nuevo juez podrá prorrogar las medidas protectoras durante otro mes, modificarlas o, incluso, anularlas.

En la vista oral, celebrada el pasado martes, el acusado reconoció los hechos. Se trata de un hombre de unos 30 años, cuya identidad, al igual que la de la mujer y las de los hijos, no ha sido facilitada. El hombre, según la juez, admitió "haber levantado el puño" a su mujer.

La magistrada tampoco desveló el motivo de la disputa entre el matrimonio, aunque recalcó que tanto ella como el fiscal pensaron que existían suficientes "pruebas" de riesgo para la integridad física de la víctima, y, por tanto, decidieron aplicar, además de la sentencia condenatoria, la orden de medidas protectoras para la mujer.

La juez Pereda destacó la "efectividad" de la nueva norma. "La orden está acompañada de los suficientes medios para su aplicación", dijo. "Por ejemplo, la mujer dispone de un teléfono directo con la policía para alertar a los agentes en cuanto vea al condenado por las inmediaciones del domicilio familiar", explicó. Pereda también resaltó que, en caso de que el hombre incumpla el pago de la pensión, la mujer podrá acogerse a las ayudas de 300 euros mensuales que el Consejo de Ministros también ha aprobado para las víctimas de la violencia doméstica.

Esta primera orden de protección con expulsión del ámbito familiar del acusado de maltrato presenta peculiaridades respecto a las que en el futuro acordarán jueces y magistrados, al derivarse de un proceso penal.

Lo habitual, según recordó ayer el decano de los jueces de Alicante, Manrique Tejada, es que estas resoluciones las adopten los juzgados de guardia a raíz de las peticiones formuladas en ese sentido por las víctimas. "En todos los juzgados, así como en las comisarías e instancias oficiales, se han repartido solicitudes de protección", explicó Tejada. "Una vez que la víctima cumplimente esa solicitud se dará traslado a los juzgados de guardia, donde se celebrará una especie de vistilla para acordar si se aplica o no la nueva ley de medidas de protección", explicó el decano. "Evidentemente, esto supone adoptar una serie de medidas contra el acusado antes del juicio", precisó.

Cinco días después de la entrada en vigor de la Ley de Protección a las Víctimas de Violencia Doméstica, aparte de este caso ya resuelto por la magistrada de Alicante, las supuestas víctimas apenas han hecho uso de la misma. Según fuentes judiciales y policiales de la Comunidad Valenciana consultadas, en Castellón no se presentado ninguna solicitud, en Valencia se han tramitado ya seis casos, y en Alicante, uno.

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