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Los astilleros Izar deben devolver 110,89 millones en ayudas

El Tribunal de la UE cree que se vulneró el acuerdo de reconversión

El Tribunal de Justicia de la UE asestó ayer un severo varapalo al frágil sector naval español al exigir al Gobierno la recuperación de 110,89 millones de euros que recibieron en forma de un crédito fiscal especial en 1998 cuando el grupo Izar ya formaba parte de la SEPI. Los jueces consideran que la ayuda no respeta los requisitos pactados con Bruselas para autorizar la reestructuración de los astilleros de titularidad pública.

El fallo confirma que ese crédito viola las leyes de la competencia comunitarias sobre ayudas de Estado, y añade una noticia negativa más para los astilleros españoles. Hace un mes, la Comisión ampliaba en dos nuevos frentes el expediente abierto en 2001 contra las operaciones llevadas a cabo desde el Ministerio de Industria, a través de la SEPI, para la creación grupo naval Izar -nacido de la fusión entre de los Astilleros Españoles civiles (AESA) y el grupo militar Bazán-. El montante de la ayuda cuestionada se elevó a 2.000 millones de euros, que se suman a las dudas sobre la venta a Bazán de los seis centros de AESA.

La sentencia de ayer del Tribunal de Luxemburgo se refiere a una fase anterior del proceso de reestructuración de los astilleros públicos. La Comisión Europea autorizó en agosto de 1997 un paquete de ayudas valorado en 58.000 millones de pesetas (348,58 millones de euros) para sacar a flote en un plazo de cinco años (1995-1999) al sector, cuando estaban integrados en el holding público AIE (Agencia Industrial del Estado). Las subvenciones se justificaron utilizando como argumento que ya no se podían compensar las pérdidas con los beneficios obtenidos por otras empresas del grupo, como se hacía cuando los astilleros formaban parte del INI (Instituto Nacional de Industria).

Cerrar el grifo

Madrid se comprometió además a cerrar para siempre el grifo de las subvenciones. Los astilleros fueron absorbidos ese mismo año por la SEPI (Sociedad Estatal de Participaciones Industriales). El holding público, al igual que el INI, podía acogerse a la normativa general española en materia de consolidación fiscal. El regulador de la competencia de la UE llegó a la conclusión de que el sector naval español había recibido un crédito fiscal especial por valor de 18.451 millones de pesetas (110,89 millones de euros) que no se ajustaba a los requisitos pactados en el plan y exigió la recuperación inmediata de esa cantidad, con los intereses, al considerarla como una "ayuda nueva" ilegal.

Los jueces europeos, en su sentencia de ayer, apoyaron el razonamiento de Bruselas y rechazaron la petición de anulación solicitada por Madrid. El Tribunal de Justicia insiste en que, a raíz de la absorción de la SEPI, "los astilleros pudieron compensar de nuevo sus pérdidas" y, por tanto, "no se cumplían los requisitos que permitían la concesión de las ayudas" acordadas. Los jueces también echaron por tierra los argumentos de los abogados españoles cuestionando el cálculo y el procedimiento utilizado por la Comisión.

La Corte europea se limita a decir que Bruselas "no estaba obligada a verificar de nuevo la compatibilidad de esas ayudas con el Tratado" por el simple hecho de que se habían modificado unilateralmente los términos que permitieron la autorización al plan de reestructuración.

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