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Reportaje:EL NUEVO IRPF

El protocolo de las facilidades

Traspasar fondos de inversión y planes de pensiones será más fácil a partir de mañana

Desde el 1 de enero, cambiar de fondo de inversión es, desde el punto de vista fiscal, gratuito y no demasiado complicado si el dinero se deja en una misma gestora. La operativa no es tan sencilla cuando el ahorro se traspasa de una a otra entidad. La situación, sin embargo, cambiará a mejor, ya que casi todas las gestonas están a punto de aprobar un nuevo protocolo de traspasos que simplifica los trámites.

Las gestoras españolas tienen previsto aprobar mañana un protocolo de traspasos que simplifica los trámites para los inversores

Prácticamente el 100% de las entidades gestoras españolas aprobará en su reunión de mañana un nuevo protocolo de traspasos entre instituciones de inversión colectiva y planes de pensiones que simplifica los trámites. El partícipe de fondos ya sólo se tendrá que dirigir a la entidad que comercializa el nuevo fondo que desea suscribir.

Fondos de inversión

Los pasos que hay que dar, a partir del próximo lunes, para traspasar el dinero de un fondo de inversión a otro y de una gestora a otra son cuatro:

- El partícipe acudirá únicamente a la sociedad gestora de destino (la que comercializa el fondo que desea adquirir) para ordenar por escrito a dicha entidad que realice, en su nombre y ante la sociedad gestora o comercializadora de origen (donde aún mantiene su ahorro), todos los trámites.

La gestora de destino, bajo su responsabilidad, identificará al partícipe o su representante, comprobará su capacidad para ordenar el traspaso y, en su caso, la suficiencia de los poderes.

- La sociedad de destino comunicará a la gestora de origen la iniciación del traspaso y todos los datos establecidos.

- Recibida esa comunicación, la gestora de origen procederá a realizar las comprobaciones pertinentes, disponiendo para ello de dos días hábiles. Si éstas son conformes, realizará el traspaso de la información financiera y fiscal y de la de inversión. Si la sociedad detectara algún error, en un plazo máximo adicional de 24 horas, comunicará a la entidad de destino las causas que impiden el traspaso.

Las comprobaciones que tendrá que llevar a cabo la sociedad de origen serán, entre otras, la identificación correcta de los fondos de origen y destino, el código de cuenta del partícipe en el fondo de origen, el porcentaje de titularidad de cada cotitular, los títulos de propiedad (los titulares han de ser personas físicas), la comprobación de que el importe del traspaso solicitado no supera el saldo existente, de que no se está pendiente de una herencia, de que no hay dictadas órdenes de embargo...

- Una vez dado el visto bueno a todos los datos, se procederá al traspaso efectivo.

Si la entidad de origen es una sociedad con domicilio social en España o en el extranjero (sicav), el accionista deberá entregar a la sociedad gestora de destino la declaración que acredite que no ha participado en algún momento dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de la operación en más del 5% del capital de la institución de inversión colectiva correspondiente. La sociedad de origen, una vez recibida la comunicación de iniciación del traspaso de la entidad de destino, deberá comprobar que el número de socios de la sicav de origen es superior a 500 personas.

Planes de pensiones

A partir de mañana, los traspasos de dinero (derechos consolidados o económicos en la terminología financiera) entre planes de pensiones se regirán obligatoriamente por el siguiente procedimiento:

- El partícipe o beneficiario acudirá ante la entidad gestora de destino (donde desea colocar su ahorro) para iniciar el procedimiento de traspaso, ordenando por escrito a dicha entidad que realice, en su nombre y ante la entidad gestora de origen (donde actualmente es titular de un plan de pensiones), todos los trámites de dicho proceso.

La gestora de destino, bajo su responsabilidad, identificará al partícipe o su representante, comprobará su capacidad para ordenar el traspaso y, en su caso, la suficiencia de los poderes. En cualquier caso, esta entidad se obliga a cumplir las obligaciones propias de la Ley de Protección de Datos.

- La gestora de destino comunicará a la entidad de origen la iniciación del traspaso y todos los datos establecidos.

- Recibida la anterior comunicación, la entidad gestora de origen procederá a realizar las comprobaciones pertinentes. Si éstas son conformes, realizará el traspaso de la información financiera y fiscal y de los derechos consolidados o económicos dentro de los plazos que legalmente resulten aplicables.

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