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Un juez anula los servicios mínimos fijados por Fomento para la huelga de autobuses de 2002

La sentencia da la razón a los sindicatos, que se negaron a cumplir el mandato ministerial

El Tribunal Superior de Justicia (TSJM) ha anulado la orden del Ministerio de Fomento que reguló los servicios mínimos de la huelga de autobuses de largo recorrido de marzo y abril de 2002. Dicha orden, que no fue respetada por los huelguistas y que CC OO recurrió, "incide negativamente en el derecho de huelga" porque no explica los criterios de elección de los servicios mínimos, según los jueces. La sentencia está fechada el 10 de febrero, el mismo día en el que el TSJM falló también a favor de los sindicatos al anular los servicios mínimos impuestos por la Comunidad el 20-J.

La huelga en el sector del transporte de viajeros por carretera, convocada por los sindicatos UGT, CC OO y USO-LST, se prolongó durante 12 caóticas jornadas, primero de manera intermitente -los días 21, 22, 27 y 28 de marzo-, y después, en forma de paro indefinido, entre el 8 y el 15 de abril de 2002. Más de dos millones de usuarios de las líneas de autobuses interurbanos, de transporte escolar y discrecional y de largo recorrido sufrieron las consecuencias del enfrentamiento entre sindicatos y patronal.

El 14 de marzo, el subsecretario del Ministerio de Fomento emitió una orden que fijaba los servicios mínimos obligatorios para los autobuses de largo recorrido, teniendo en cuenta que los días elegidos para el paro correspondían con los de mayor trasiego vacacional de la Semana Santa. Esa orden -que establecía servicios esenciales de entre el 40% y el 60%- es la que ahora ha quedado anulada por los jueces. Según razona la sentencia, el ministerio no explicitó suficientemente los criterios en los que se basó para decidir qué servicios eran esenciales y, por tanto, "incidió negativamente en el contenido esencial del derecho de huelga".

La orden de servicios mínimos no fue, en ningún momento, respetada por los trabajadores que se sumaron al paro al considerarla "abusiva". Después de 12 días de colapso circulatorio, el Gobierno regional decidió intervenir y nombró árbitro a Jaime Montalvo, presidente del Consejo Económico y Social. Montalvo emitió un laudo de obligado cumplimiento, que recogía parcialmente las reivindicaciones de los huelguistas -más sueldo y menos horas de trabajo- y que fue acatado por ambas partes. Tanto ese laudo como los servicios mínimos que no reguló Fomento, sino el Gobierno regional (los de autobuses interurbanos y discrecionales), fueron también recurridos por los sindicatos.

La sentencia del TSJM -con fecha 10 de febrero- concluye que la orden de Fomento "carece de toda explicitación" a la hora de fijar los mínimos en una proporción y no en otra, y cuestiona especialmente que los "traslados vacacionales" sean un "servicio esencial". El TSJM analiza el apartado A del artículo 1 de la orden de Fomento, donde el ministerio explica su motivación.

Transporte vacacional

Los días convocados para los paros son, dice la orden en ese artículo, "coincidentes con fechas en las que se producen importantes movimientos de viajeros con motivo de las vacaciones de Semana Santa, que, aun en el caso de existencia de medios alternativos de transporte, no pueden ser atendidos satisfactoriamente por los mismos". Fomento calificó este servicio como "esencial". Sin embargo, el Tribunal Superior considera que el transporte vacacional no es un servicio esencial, porque no "deriva prestaciones vitales para la vida de la Comunidad".

Juan Antonio Olmo, secretario general de Transportes de CC OO, lamentó ayer que la sentencia "no sirva ya para nada" y pidió a la Administración que, en próximos conflictos, se siente a negociar con más interés. "Tenemos de 13 a 14 sentencias favorables en las que un tribunal ha fallado contra los servicios mínimos de la autoridad por falta de motivación suficiente", recuerda Olmo.

Una de estas sentencias, fechada también el pasado 10 de febrero por el TSJM, ha anulado el decreto de servicios mínimos dictado por el Gobierno regional para la huelga general del 20-J. El motivo es el mismo: la Comunidad no explicó suficientemente en qué criterio se basaba para establecer qué servicios eran esenciales y cuáles no.

Jesús García, de la Federación de Transportes de UGT -que también presentó recurso contra la orden ministerial de 2002-, insistió igualmente en que el Gobierno debe "esforzarse más en las negociaciones" para evitar que, a posteriori, los tribunales le quiten la razón.

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