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La Constitución europea y la religión

Leo que los partidos europeos de derecha y de centro-derecha -entre ellos el Partido Popular español- exigen que en la Constitución europea en ciernes se proclame el papel fundamental de la religión como un elemento decisivo del futuro de Europa. Es una exigencia nada nueva ni nada excepcional en la Europa pasada y presente -y sin duda en la Europa del futuro-, porque religiones hay muchas; historias de la religión, muchas más; desastres y guerras entre religiones, muchos miles, y proezas espléndidas o nefastas de personajes y de grupos religiosos, un buen número.

De ahí la inquietud. Es lógico que los partidos citados quieran expresar sus opiniones públicas al respecto e imponer sus conceptos. Pero también es lógico que los partidos o los individuos laicos tengan el mismo derecho a expresar otras opiniones y a discutir unos criterios que tantas veces en el pasado les han sido arrebatados, incluso por la violencia, como ocurrió en nuestro país.

En nuestro sistema constitucional tenemos algunos ejemplos muy rotundos, desde las confrontaciones del siglo XIX hasta los durísimos años de la dictadura franquista. No creo que sea necesario insistir mucho en la violenta época de Franco, pero conviene recordar el texto del tremendo Fuero de los Españoles de 17 de julio de 1945, que decía aquello de "la profesión y práctica de la religión católica, que es la del Estado español, gozará de la protección oficial", y aquella otra de la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado de 6 de julio de 1947, que convertía en Reino a una España políticamente unida y un "... Estado católico, social y representativo..., según su tradición".

Otro ejemplo, desde luego alejado de éste, pero muy significativo, lo tenemos nada menos que en nuestra propia Constitución democrática. Su artículo 16, apartado 1, abre una magnífica vía para la plena "... libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley". Una vez dicho esto, el apartado 2 del mismo artículo expone rotundamente que: "Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias". Pero el texto se encalla en el apartado 3 del mismo artículo, cuando, después de afirmar rotundamente que "ninguna confesión tendrá carácter estatal", que es tanto como decir que el Estado es totalmente laico, afirma que "los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones". O sea, que la religión es aceptada con plena libertad en sus diversas entidades, que como resultado de ello ninguna confesión se vinculará directamente con el Estado, pero que, a pesar de todo ello, existirá una religión que pasará por encima de todas las demás porque formará parte directa de la Constitución, y las demás, no. Como es natural, ni siquiera los partidos políticos y las diversas entidades sociales tienen el privilegio de ser nombrados con sus propios nombres en una Constitución tan abierta y democrática.

Pero la Iglesia católica está ahí rompiendo -con su nombre en mayúscula y con una enorme presión sobre el Gobierno de entonces- la inmensa novedad de un proceso democrático que, con muchos avances y retrocesos, con muchas esperanzas y muchos temores, había derrotado por fin las leyes de un franquismo que también había hecho del mismo nombre con mayúscula el gran escudo de su dictadura. Sobre todo si se tiene en cuenta que mientras se redactaba y se discutía el proyecto de Constitución, el Gobierno de la UCD negociaba en silencio con la Santa Sede grandes acuerdos sobre asuntos jurídicos, económicos, de enseñanza y asuntos culturales, y la asistencia religiosa de las Fuerzas Armadas y el servicio militar de los clérigos, y que el 3 de enero de 1979 firmaba dichos acuerdos, o sea, durante el puente entre la Constitución ya aprobada y la puesta en marcha de la misma. Dicho de otra manera: mientras se discutía la nueva Constitución después de tantos años de dictadura, el Gobierno de la UCD y el Vaticano se ponían de acuerdo para mantener el título de Iglesia católica como elemento intocable del paso de la vieja política franquista a la nueva democracia.

Este regreso al pasado tiene muy poco que ver con el concepto de religión aceptado por la Unión Europea. En junio de 1999, el Consejo Europeo de Colonia puso en marcha una Convención para redactar una Carta de los Derechos Fundamentales, entre los cuales iba a entrar con claridad un artículo sobre la libertad de religión. Dicha convención, en la que tuve el honor de participar, se constituyó con representantes de todos los países de la Unión Europea en el mes de diciembre de 1999 y, después de un intenso trabajo en Bruselas, aprobó el proyecto el 2 de octubre de 2000. El Consejo Europeo de Biarritz dio su acuerdo al mismo, lo transmitió al Parlamento Europeo y a la Comisión y, después del visto bueno de ambas entidades, el 7 de diciembre del año 2000 la carta fue firmada y proclamada en Niza.

Por primera vez en la historia europea, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea recoge, en un solo texto, los derechos civiles, políticos, económicos y sociales de toda la ciudadanía europea. Y en el apartado 1 de su artículo 10 expone los conceptos de libertad de pensamiento, de conciencia y de religión con el siguiente texto:

"1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de cambiar de religión o de convicciones, así como la libertad de manifestar su religión o sus convicciones individual o colectivamente, en público o en privado a través del culto, la enseñanza, las prácticas y la observancia de los ritos".

Este texto es muy claro y muy preciso. Y viene a decir que ninguna religión tendrá carácter estatal, como dice nuestra propia Constitución, y que ninguna confesión religiosa será una parte específica de una Constitución como dice, desgraciadamente, la nuestra. Es de suponer que el desarrollo y la ampliación de la Unión Europea pondrán las cosas en su sitio y que las distintas religiones ocuparán definitivamente sus propios espacios sin conflictos ni peleas ni autoritarismos, borrando los restos de un pasado tan intenso y tan brutal como el que llenó de sangre el continente europeo durante muchos siglos. Y recuerdo este pasado porque en nuestro futuro pueden reaparecer conflictos políticos y culturales entre lo cristiano y lo mahometano o entre ambos y lo agnóstico, y sería un triste favor lanzar las viejas banderas al viento y acudir a buscar refuerzos en el seno mismo de unas constituciones atadas todavía a los viejos resabios.

Jordi Solé Tura es senador socialista de la Entesa Catalana de Progrés.

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