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El fiscal recurre la libertad de Melva y pide su condena por "asesinar" a su hija

El recurso se basa en que la madre no dio "cuidados esenciales" al bebé

El fiscal del juicio contra Felicitas Melva Cañar Camacho, condenada a dos años de cárcel por homicidio imprudente tras la muerte de su hija recién nacida en el parque del Retiro hace dos años, ha recurrido la sentencia y la posterior excarcelación de Melva. El fiscal solicita al Tribunal Superior que considere a la madre culpable de asesinato porque cree que no prestó al bebé los cuidados "necesarios" para salvar su vida.

El fiscal Rafael Escobar, decano de los fiscales de la Sección Primera de la Audiencia de Madrid, está convencido de que la ciudadana ecuatoriana Felicitas Melva, de 24 años, es culpable de un delito de asesinato (y no de homicidio imprudente, como recoge la sentencia dictada el 16 de noviembre por el juez de la Audiencia de Madrid José de la Mata).

El fiscal presentó el pasado 25 de noviembre su recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y considera que Melva es culpable de un delito de asesinato y que debe cumplir 17 años y seis meses de cárcel. El escrito pide, igualmente, que se aplique a la mujer la atenuante de trastorno mental leve.

Melva fue juzgada entre el 6 y el 11 de noviembre pasados, acusada de matar a su hija, recién nacida, en el parque del Retiro, el 11 de noviembre de 2000. La mujer se enfrentaba a una pena de 17 años de cárcel. Pero el tribunal del jurado consideró que Melva no era culpable de asesinato, sino de homicidio imprudente, y el juez, José de la Mata, diez días después, la condenaba a dos años de cárcel, a tenor del veredicto del jurado. Como ya los había cumplido en prisión preventiva, ese mismo día abandonó la cárcel de Soto del Real.

El recurso del fiscal se apoya ahora en el veredicto del jurado. Según éste, "el 11 de noviembre de 2000, Melva se sintió mareada cuando era acompañada por un amigo en el metro. Sintiéndose mal, abandonó el suburbano por la estación de Diego de León. Sin pensar que estaba de parto, salió al exterior con la intención de regresar a su casa, pero, por no conocer bien la zona, se perdió y se encontró en el parque del Retiro. Decidió atravesar el parque y llegar a la estación de metro de Retiro para llegar a su domicilio, pero en ese momento, y en un lugar no determinado, se desencadenó el parto y dio a luz a una niña viva". Sin embargo, la criatura murió tras el parto, y el fiscal culpa de ello a la madre.

El jurado aseguraba que Melva conocía los cuidados requeridos por los recién nacidos "porque ya había dado a luz otra vez" y sostenía que "no prestó a su hija la asistencia elemental que ésta habría necesitado en los primeros minutos de vida que cualquier persona mínimamente cuidadosa habría realizado", tales como "cortar y anudar el cordón umbilical, comprobando que pudiera respirar libremente y abrigándola". "Por esta razón", continúa el veredicto, "la niña sufrió un cuadro de hipoxia, hipotermia y una transfusión materno-fetal, todo lo cual provocó su fallecimiento". Según el fiscal, estos párrafos muestran que el bebé "murió por el abandono de su madre" y, por tanto, eso constituye un asesinato.

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Según el escrito fiscal, Melva "conocía la elevadísima posibilidad" de que la niña muriera, que la acusada "consiente en no prestarle cualquier tipo de asistencia a pesar de conocer las atenciones que deben darse a los recién nacidos, por haber dado a luz antes", y que "no detuvo la probabilidad de la muerte de la niña en el parto, sino que continuó sin atender al bebé, sin prestar a su hija la asistencia elemental que ésta habría necesitado en los primeros minutos de vida".

La presentación de este recurso sitúa a Felícitas Melva en libertad provisional, hasta la resolución del mismo, en lugar de la libertad plena que disfrutaba.

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