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El juez del 'caso espionaje' rechaza ampliar la querella a López Benjumea

El titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Sevilla, que investiga la querella presentada por el secretario general del PSOE, Manuel Chaves, contra Antonio Castellano por delito de injurias graves con publicidad en relación con el supuesto espionaje al ex presidente de la Caja San Fernando Juan Manuel López Benjumea, ha rechazado la petición de ampliar la querella al propio López Benjumea, al ex gerente del club de baloncesto José Manuel Benedicto, y a uno de los detectives relacionados con el caso. El auto puede ser recurrido.

El PSOE había pedido la ampliación de la querella a estas personas, al estimar que en el delito que se investiga podría existir una "acción concertada", mientras que la participación de Castellano sería de carácter secundario.

El juez recuerda en el auto de desestimación que este procedimiento se abrió al presentar una querella por delito de injurias graves con publicidad, y el querellante "parece confundir los delitos de naturaleza privada con los delitos de naturaleza pública".

El auto insiste en que los hechos investigados son "de naturaleza privada", y critica la actuación del querellante por cuanto su recurso de reforma contiene "términos inadecuados y claramente descalificatorios de la labor del instructor, sin aportar realmente nuevas argumentaciones".

Dice el juez que en la querella inicial presentada por el PSOE se identificó como único querellado a Castellano y no a las personas contra las que ahora se pretende ampliar la querella, "alegando una supuesta acción concertada". Además, reprocha que en la querella inicial y en el recurso, el PSOE de Andalucía "ha dejado y deja deliberadamente fuera" de la misma al periodista que firmó en El Mundo, el 29 de noviembre del 2001 y a cualquier otra persona responsable del diario, la información en la que se aseguraba que Castellano había confesado: "Entre Pino, Pizarro y Chaves me han mandado seguir a Benjumea y Beneroso".

Esta actuación, explica el auto, "ha limitado, dada la naturaleza privada del delito objeto de la querella, la labor del instructor en relación con la investigación de las circunstancias relativas a la difusión en prensa de dichas afirmaciones injuriosas", por lo que el juez rechaza que la instrucción "se haya reducido a dirimir la participación secundaria en los hechos" de Castellano.

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Por el contrario, precisa que la investigación continúa desde hace casi nueve meses y se ha dirigido "a averiguar el esclarecimiento de los hechos relatados en la querella inicial (...), sin olvidar que nos encontramos ante un delito de naturaleza privada, no siendo función del instructor analizar los posibles motivos por los que la parte querellante decidió formular una querella únicamente contra Castellano, al que en su momento no atribuía precisamente una participación secundaria en los hechos, y que ahora parece querer rectificar pretendiendo ampliar la querellla inicial a otras personas en base a una supuesta acción concertada".

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