_
_
_
_

La Audiencia absuelve tras 11 años de instrucción a los acusados de anomalías urbanísticas en Jun

La sentencia reprocha al fiscal haber imputado un delito sin concretar su comisión

La Audiencia Provincial de Granada ha absuelto a los siete acusados (entre ellos el alcalde, un concejal y un ex delegado de Obras Públicas, todos del PSOE) de irregularidades urbanísticas en el municipio granadino de Jun. El fallo se produce tras once largos años de instrucción. La sentencia, que utiliza un estilo muy contundente para subrayar la inocencia de todos los juzgados, cree que el fiscal, al acusar a dos procesados de un delito de falsedad sin precisar en qué documento, vulneró sus 'derechos de defensa y tutela judicial', entre otros errores importantes.

La sentencia analiza los tres acuerdos adoptados por el Ayuntamiento de Jun que supuestamente incurrieron en un delito de prevaricación y concluye que no sólo no lo hubo sino que la actuación fue lo suficientemente clara como para que el ministerio público se hubiera abstenido de incorporarla a sus escritos de acusación.

Así, la resolución judicial precisa que tanto la concesión de una licencia urbanística a Alberto Manuel Rodríguez Salas, hijo del alcalde y hermano del primer teniente de alcalde, como una moción de la alcaldía para adquirir 8.000 metros cuadrados de suelo para dedicarlo a ubicar unas instalaciones deportivas, fueron decisiones ajustadas a la legalidad. En el primer caso, la sentencia recuerda que los familiares del solicitante se abstuvieron en la votación y avala el carácter urbano de la parcela.

En el segundo caso, la Audiencia afirma que 'no alcanza a comprender cómo aprobar tal moción' puede ser constitutivo de prevaricación, ya que el acuerdo 'finaliza en sí mismo' y si después se incurrió en alguna ilegalidad 'sería otro delito distinto el que se hubiese cometido'. El ponente tampoco entiende que el fiscal acuse al solicitante de la licencia, 'que no era miembro del Ayuntamiento', y en cambio se retire la acusación contra tres ediles que sí votaron favorablemente.

Del mismo modo, la sentencia no pone objeción al acuerdo adoptado en 1992 para modificar las normas subsidiarias del municipio y clasificar como urbano residencial 9.176 metros de suelo urbanizable. 'No existe ilegalidad alguna en aprobar dicha propuesta sin perjuicio de las responsabilidades en que en su caso se pudiera incurrir al tramitar el expediente', precisa el tribunal.

Pero el reproche principal que la Audiencia granadina hace el fiscal aparece en el apartado en el que analiza la supuesta comisión de un delito de falsedad en documento público por parte del teniente de alcalde y de un funcionario municipal. La sentencia admite su extrañeza ante el hecho de que los 8.022 metros cuadrados que el Ayuntamiento acordó urbanizar se convirtieran en el proyecto técnico en 13.925, una superficie que abarcaba las propiedades de la familia del alcalde.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Ante la imposibilidad de conocer si el error fue fruto de una confusión o deliberado -el arquitecto técnico falleció a lo largo de la inacabable instrucción-, la sentencia se centra en analizar qué documento fue falsificado y por quién, y la conclusión es clara. 'El Ministerio Fiscal', precisa, 'no ha podido concretar el documento concreto que según él ha sido falsificado, lo que ha provocado a los acusados una clara infracción de los derechos de defensa y tutela judicial efectiva'.

El fiscal jefe de Andalucía, Jesús García Calderón, recordó ayer que los hechos juzgados 'son de hace 11 años y eso demuestra la dificultad jurídica del asunto'.

Respecto a la acusación planteada contra el ex delegado de Obras Públicas, Pedro Julián Lara, y dos funcionarios por aprobar la calificación provisional de 52 viviendas de protección oficial promovidas por la empresa municipal del suelo de Jun, el tribunal confiensa que 'no sólo no ha apreciado ilegalidad alguna en la tramitación de dicho expediente sino que el comportamiento de los mencionados acusados fue absolutamente correcto y ajustado a la legalidad vigente'.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_