Anulada la pena a un joven que cometió 11 violaciones
La Audiencia de Barcelona ha anulado por defecto de forma la condena de cinco años de internamiento en un centro cerrado y otros tantos de libertad vigilada impuesta por el Juzgado de Menores número 2 de esta ciudad a un menor de 17 años que cometió 11 violaciones y 7 robos contra mujeres. Todos los delitos sucedieron mientras D. P. G. disfrutaba de permisos de un día o de fin de semana concedidos por el Departamento de Justicia de la Generalitat, que era el organismo que le custodiaba en aquella época.
El pasado 1 de agosto el joven aceptó los hechos de los que le acusaba la fiscalía y el juzgado de menores dictó una sentencia de conformidad sin necesidad de celebrar juicio. Pero la abogada de una de las víctimas, Maria Teresa Giralt, recurrió contra la sentencia y reclamó la nulidad de las actuaciones porque no se le permitió personarse en el proceso como perjudicada. La ley establece que ha de darse ese trámite cuando se trata de delitos graves y el acusado tiene cumplidos los 16 años al ocurrir los hechos, que era lo que sucedía en este caso. Ahora, tras la sentencia de la Audiencia de Barcelona, el caso debe volverse a tramitar desde el principio, por lo que las diligencias han de volver a la fiscalía, donde las acusaciones podrán calificar los hechos jurídicamente, aunque no podrán reclamar pena para el acusado, en contra de lo que sucede si se trata de un mayor de 18 años.
En cualquier caso, la abogada sí anunció que en la nueva tramitación pedirá que se tenga en cuenta que el acusado es reincidente, lo que podría comportarle un aumento de la pena de cinco a ocho años de internamiento. La aplicación de la sentencia beneficiará no sólo a esta abogada, que ejerce la acusación en nombre de una de las víctimas, sino al resto de acusaciones, que ahora podrán evaluar las pruebas que se hayan realizado y podrán pedir nuevas diligencias. En el proceso ahora anulado los abogados de la acusación no sabían que el caso se había juzgado hasta que se les notificó la sentencia.
Los delitos por los que se condenó a D. P. G. sucedieron en Barcelona entre el 28 de noviembre de 2001 y el 27 de enero de 2002. Las seis víctimas de las violaciones tenían entre 15 y 21 años y después de forzarlas sexualmente, el menor las robaba. En tres de los casos, el agresor consumó la triple violación bucal, anal y vaginal, mientras que dos de de ellas sufrieron dos violaciones. Cuando sucedieron los hechos el menor estaba internado en el centro de justicia juvenil L'Alzina, en Palau de Plegamans.
La Sección Tercera de la Audiencia de Barcelona ha considerado ahora que, al haberse apartado a las acusaciones de este proceso 'se ha impedido a la representación de las perjudicadas la defensa de sus derechos en el proceso, vulnerándose asimismo el principio de audiencia respecto de las mismas'.
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