"Aguántate, mujer"
Expertos canónicos corrigen al episcopado y creen que los malos tratos anulan el matrimonio
La letanía de tragedias que causan cada día los malos tratos domésticos ha metido a la Iglesia católica en un nuevo jardín de contradicciones y críticas. Externas e internas. Las declaraciones del portavoz de la Conferencia Episcopal, Juan José Asenjo, sosteniendo que una mujer que sufre malos tratos, por muy terribles y continuados que sean, no puede aducirlo para pedir la nulidad del matrimonio, fueron matizadas por el cardenal de Barcelona, Ricard Maria Carles, con la tesis de que los malos tratos podrían tener origen en trastornos ya latentes al tiempo de casarse, lo que derivaría en una declaración de nulidad con el argumento de que, en realidad, nunca hubo matrimonio.
Estas posiciones de los prelados fueron provocadas la semana pasada por el juez instructor del Tribunal Diocesano de Mérida-Badajoz, José Gago, que dijo que el maltrato físico y psicológico no puede constituir, por sí mismo, causa de nulidad eclesiástica del matrimonio, al acontecer después del sacramento. Eso sí, los tres eclesiásticos expresaron, antes o más tarde, su repulsión por la violencia de género, por parte del cardenal con el subrayado de que el matrimonio, al fin y al cabo, siempre supone 'sacrificios y dificultades'. Otra característica de la posición episcopal es considerar a los maltratadores como enfermos, no como machistas criminales.
Los expertos laicos están en radical desacuerdo. 'Es disparatado que una comunidad religiosa, la que sea, ante un caso de malos tratos, no tenga otra solución que decir: 'Aguántate, mujer, resígnate'. No. La Iglesia católica debe encontrar otra solución. Esa crueldad de decir que un matrimonio insufrible para una de las partes es indisoluble no tiene sentido'. Ésta es la 'opinión intelectual, como hombre de la calle', del catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado en la Universidad Complutense de Madrid, Dionisio Llamazares. Pero inmediatamente el experto canónico pone sobre la mesa lo que realmente dice el vigente Código de Derecho Canónico. En este caso, Llamazares reconoce que el derecho canónico vigente es 'terminante': 'Los malos tratos posteriores a la celebración válida de un matrimonio no tienen solución por la vía de la nulidad, porque el matrimonio canónico no es anulable. Puede declararse nulo porque no se celebró por defectos de forma o lo que sea, pero cuando fue celebrado válidamente no es anulable'.
Otra cosa es, añade Llamazares, 'el que la Iglesia debe buscar una salida, la que sea, que es a lo que probablemente se refería el cardenal Carles, aunque siempre será una salida artificiosa y aparente. Mi opinión, en cambio, es que no tiene sentido seguir manteniendo la afirmación de que el matrimonio canónico es indisoluble, cuando cada vez hay más vías de disolución, añadidas a las que en su momento aceptaron san Pablo y, más tarde, otros papas'.
La opinión del juez de la sala 3 del Tribunal Eclesiástico de la Archidiócesis de Barcelona, Ignasi Salvat, también es tajante: 'Los malos tratos son causa de nulidad matrimonial'. En declaraciones realizadas a COM Radio, este juez se alineó ayer con el cardenal Carles, al considerar que las actitudes violentas por parte de uno de los cónyuges 'ponen de relieve un trastorno de personalidad ya latente' antes de la boda. 'Los maltratos son causa de nulidad porque muestran la actitud de una persona incapaz de asumir las obligaciones esenciales del matrimonio. Una persona que es violenta no es capaz de asumir las obligaciones esenciales de una comunidad de vida y amor. Y esto es el matrimonio para la Iglesia', añadió el juez Salvat interpretando el canon 1095.3 del Código de Derecho Canónico, que apunta que es causa de nulidad matrimonial no tener la capacidad de cumplir 'las obligaciones básicas' del matrimonio.
En España se producen cada año 80.000 separaciones, de las que apenas 1.500 terminan en nulidad matrimonial por sentencia de tribunales católicos.
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