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El juez condena a cuatro personas por la muerte de un obrero electrocutado

Un arquitecto, dos contratistas y un albañil, responsables de la falta de medidas de seguridad en la obra

Cuatro personas, entre ellas un arquitecto, han sido condenadas a penas de entre un año y medio y un mes de cárcel por el accidente laboral que costó la vida a un trabajador el 27 de agosto de 1999. El operario Pedro García Méndez pereció electrocutado mientras trabajaba en la reforma de un local situado en la avenida de Valladolid. El juez asegura que la causa del siniestro fue el uso de un cuadro eléctrico que carecía de medidas de seguridad, e impone a los acusados, además de las citadas penas, la obligación de indemnizar a los herederos con 150.253 euros.

El Juzgado de lo Penal 17 ha condenado por los delitos de homicidio imprudente e infracción de las normas de prevenció de riesgos a Darío Melia Vaca, encargado de sustituir el cuadro eléctrico que originó la tragedia, y a Bernardo López López, representante de la empresa Fontcaluz y jefe de la víctima. A ambos les impone un año y seis meses de cárcel. Asimismo, condena por una falta de imprudencia -a una multa de un mes a razón de seis euros diarios- al arquitecto Francisco Ortiz Luna y al promotor de obras Javier Tejedor Grajal.

La normativa laboral impone a promotores y técnicos de obras la obligación de velar por que se cumplan la medidas de seguridad en las obras. Y les faculta incluso para detener una construcción si, tras imponer las oportunas medidas de seguridad, los operarios las esquivan. El juez declara probado que Javier Tejedor, representante de la entidad TGH Endoscopia, SL, contrató con la empresa Aleph Arquitectura, a la que pertenecía el arquitecto, la elaboración de un proyecto técnico para la reforma de un local ubicado en el número 47 de la avenida de Valladolid.

Al contratista Bernardo López, de la empresa Fontcaluz, el arquitecto le encargó que habilitase provisionalmente un cuadro eléctrico en el local del que extraer luz mientras duraba la obra. López, según el juez, 'desobedeció las indicaciones' del arquitecto y efectuó una instalación eléctrica que carecía 'de toma de tierra y de disyuntor diferencial'. Infringió así 'las medidas de seguridad elementales establecidas en los reglamentos que regulan las instalaciones eléctricas', destaca el juez. El también condenado Dario Melia, encargado de albañilería, fue quien contrató 'verbalmente' a la víctima para iniciar los trabajos de soldadura previstos en el local y que precisaban del uso de corriente eléctrica. Melia, según el juez, conocía las deficiencias de la instalación eléctrica y dejó trabajar a la víctima 'sin instruirle de las medidas de seguridad'. En un momento determinado, el trabajador cayó fulminado tras recibir una descarga eléctrica. Era soltero y vivía con su madre, a la que entregaba parte de su salario para la manutención de tres de sus hermanos y de una prima hermana.

'Riesgos específicos'

Al arquitecto, el juez le reprocha que elaborase el estudio de seguridad y salud de la obra sin 'contemplar' en él 'los riesgos específicos' de la construcción y que tampoco 'controlase ni supervisase el cumplimiento' de las instrucciones que dio respecto a la seguridad. Si lo hubiese hecho, tal como le pide la ley, habría observado el incumplimieto de las medidas de seguridad y habría detenido la obra.

Según el juez, el responsable de la albañilería, Dario Melia, y el contratista, Bernardo López, 'incumplieron la obligación de elaborar un plan de seguridad y salud en el trabajo', y el promotor, Javier Tejedor, quebrantó, por su lado, la obligación de nombrar a un coordinador de seguridad.

El juez rechaza el argumento del arquitecto según el cual, antes de irse de vacaciones, dio instrucciones a Darío Melia y a Bernardo López para que el cuadro eléctrico se cambiase. El juez explica: 'El arquitecto, como máximo técnico [de la obra], asume no sólo la confección del proyecto, sino, además, la responsabilidad y dirección de la fase constructiva, y como consecuencia de lo cual debe asumir la superior función de vigilar cuanto ocurra en la obra, incluido el control de la seguridad'. La excusa de que estaba de vacaciones no basta, porque 'debió exigir, antes de irse, la presencia en la obra de un coordinador de seguridad y designar a un compañero de su estudio de arquitectura para visitar la obra'.

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