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El Tribunal Supremo da la razón al Ayuntamiento de Rota en su petición de impuestos a la base naval

El fallo considera que sólo parte del recinto militar está adscrito a la defensa nacional

El Tribunal Supremo ha dado la razón al Ayuntamiento de Rota (Cádiz) en su demanda de cobro de impuestos locales a la base naval. El fallo de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo señala que no todo el suelo del recinto está adscrito a la defensa nacional y, por tanto, no toda la base está exenta del pago de tributos, como hasta ahora mantenía Defensa. El Supremo, con esta sentencia, ratifica una anterior, de 1997, en la que la Audiencia Nacional también daba la razón al Ayuntamiento, pero que fue recurrida por la abogacía del Estado en noviembre de ese mismo año.

De esta manera, los tribunales excluyen de la consideración de afecto a la defensa de los bienes 'de carácter comercial, deportivo o las instalaciones destinadas a actividades de esparcimiento, situadas en el recinto de la base naval'. El Supremo rechaza el recurso de casación del Gobierno porque 'carece de fundamento y se basa en un argumento no del todo congruente'.

El abogado del Estado basó su estrategia en la consideración de que la base cuenta con instalaciones de uso civil y 'no todos aquellos bienes e instalaciones tienen la naturaleza específica de recursos empleados en la defensa nacional'. Con todo, la totalidad del patrimonio está sujeta a 'condiciones y prohibiciones' establecidas por la naturaleza militar del recinto, por lo que concluye el abogado del Estado que 'la totalidad de las instalaciones debe recibir un tratamiento conjunto'.

Contra este criterio, el Supremo argumenta que el ordenamiento jurídico español no confiere naturaleza legal específica a los recintos destinados a finalidades económicas, comerciales, deportivas o de esparcimiento 'en función de su situación geográfica', por lo que rechaza el recurso del Estado y le obliga al pago de las costas del procedimiento.

Cuatro ejercicios fiscales

Una vez conocido el fallo, el alcalde de Rota, Domingo Sánchez Rizo (PSOE), anunció ayer la apertura de un expediente para hacer efectivo el cobro de los impuestos derivados del aprovechamiento urbanístico y la actividad económica de las instalaciones no vinculadas con el interés nacional. Según la primera estimación municipal, el Ministerio de Defensa deberá abonar 'entre tres y cinco' millones de euros, correspondientes a los últimos cuatro ejercicios fiscales, ya que los anteriores han prescrito.

El Ayuntamiento espera poder negociar con el Gobierno los términos del pago. El alcalde explicó que el dinero podrá ser deducido de la deuda que el municipio mantiene con el Estado por otros conceptos, valorada en unos 12 millones de euros. Se trata de una deuda acumulada por anteriores gobiernos locales por impagos de IRPF de los funcionarios, servicios de suministros de agua y prestaciones de la Seguridad Social, entre otros conceptos. De esta manera, el Ayuntamiento podrá aliviar su actual deuda remanente, en cumplimiento del plan de saneamiento establecido por el actual gobierno local.

Por otra parte, el alcalde explicó que 'lo fundamental' de la sentencia es que sienta un precedente que despeja los futuros cobros a Defensa por la actividad de la base, culminándose un largo contencioso legal que enfrentaba a las partes desde 1983.

El Ayuntamiento de Rota mantiene, por la vía política, una campaña de demanda al Gobierno de un trato fiscal especial en reconocimiento de las limitaciones de desarrollo del municipio que impone la Base. El alcalde aseguró que se espera una compensación, por este concepto, de unos 18 millones de euros.

Un aspecto de la zona civil de la base naval de Rota.
Un aspecto de la zona civil de la base naval de Rota.JARO MUÑOZ

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