Los condenados por el 'caso Lasa-Zabala' recusan al vicepresidente del Constitucional
Rodríguez Galindo alega la amistad de Vives con Gómez de Liaño, instructor del caso
El ex general Enrique Rodríguez Galindo y los otros cuatro condenados a penas de entre 75 y 71 años de cárcel por el secuestro y asesinato de los supuestos etarras José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala en 1983, recusaron ayer al visepresidente del Tribunal Constitucional, Tomás S. Vives, uno de los tres ponentes designados para resolver los recursos de amparo de los condenados. Los recurrentes alegan que Vives invocó amistad con Javier Gómez de Liaño -instructor del caso Lasa-Zabala- para abstenerse de resolver su recurso de amparo contra su condena por prevaricación.
Los escritos de casación fueron presentados ayer en el registro del Tribunal Constitucional. Uno de ellos lo formulan Julen Elgorriaga, ex gobernador civil de Guipúzcoa condenado a 75 años de cárcel; Ángel Vaquero, ex comandante de la Guardia Civil condenado a 73 años; y los ex guardias Enrique Dorado y Felipe Bayo, cada uno de ellos condenados a 71 años de cárcel. El otro escrito lo interpuso el ex general Rodríguez Galindo, condenado a 75 años.
El abogado de este último, José María Fuster-Fabra, remitió a este periódico copia del escrito que, según precisó, en su caso es de petición de que Vives se abstenga y sólo subsidiariamente de recusación, incidente que correspondería resolver al pleno del Tribunal Constitucional, que tenía previsto reunirse hoy para resolver antes del jueves próximo los recursos de amparo presentados.
El escrito de Rodríguez Galindo justifica la petición de que Vives se abstenga en el hecho de haber 'tenido conocimiento en fecha 7 de julio de 2002, a través de los medios de comunicación', de que Vives 'se abstuvo, dada su reconocida amistad con el juez instructor de la causa objeto de este recurso de amparo [Gómez de Liaño], de formar parte de los miembros de este excelentísimo Tribunal en las deliberaciones y resolución en una demanda de amparo que planteó éste ante el Tribunal Constitucional [contra la condena por prevaricar en el caso Sogecable]'.
Fuster-Fabra argumenta que, cuando Gómez de Liaño pidió amparo contra su condena, Vives consideró que 'su amistad íntima' con Gómez de Liaño 'constituía un elemento de carácter condicionante que le impedía poder valorar objetivamente la actuación profesional objeto del procedimiento judicial, de la que se derivaba el delito por el que fue condenado el referido juez instructor', y que en la actual demanda de amparo se plantea 'la duda sobre la imparcialidad del juez instructor de esta causa [Gómez de Liaño]'.
Vives no se abstendrá
Vives reconoció ayer a este periódico que se abstuvo en el recurso de amparo de Gómez de Liaño, aunque su amistad con éste 'no era tan íntima', dado que fueron compañeros vocales en el Consejo General del Poder Judicial. En cuanto a si se abstendrá hoy, Vives aseguró que se lo impide la ley, que prevé la abstención por amistad con las partes que menciona la ley, entre las que no figura el instructor del caso.
Fuentes de la Sala Penal del Supremo aseguraron que las partes son el acusado y los acusadores y pronosticaron que 'el incidente de recusación no consumirá más de un minuto del pleno del Constitucional'.
Sin embargo, Fuster-Fabra y los abogados de los otros condenados por el caso Lasa-Zabala aseguran en sus respectivos escritos que Gómez de Liaño, al rechazar la recusación de que fue objeto en ese caso, se convirtió 'obviamente (...) en parte'. Fundamentan, además, su petición de abstención en 'el sentido lógico y garantista que rige en nuestro ordenamiento jurídico', ya que no consideran razonable que quien se abstuvo en el recurso de amparo de Gómez de Liaño 'pueda verse desafectado de esa íntima amistad cuando lo que se plantea es su falta de imparcialidad'.
En cuanto a la posibilidad de que la petición de abstención pueda considerarse extemporánea, Fuster-Fabra explicó: 'Es que yo no conocía la anterior abstención de Vives hasta que la publicó La Razón el domingo y me llamó la SER'.
El pleno del Tribunal Constitucional, aparte de resolver el incidente de recusación, está pendiente de decidir si la enfermedad del magistrado Fernando Garrido Falla le obligará a votar desde su casa o le impedirá formar parte del pleno.
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