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Un tribunal paraliza el derribo de la iglesia de Fuencarral

Álvarez del Manzano insiste en legalizar la actual ubicación del templo

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó ayer un auto en el que acuerda 'suspender las obras de demolición' de parte de la iglesia de Nuestra Señora de las Fuentes (Fuencarral), que el Ayuntamiento iba a ejecutar el próximo lunes, día 17. El auto concede un plazo de 10 días a las partes personadas en las diligencias (el arzobispado de Madrid y los dos vecinos que pedían la demolición del templo) para que presenten las alegaciones que estimen oportunas.

La decisión de suspender el derribo de 100 metros cuadrados de la iglesia (que violan la normativa urbanística) ha sido adoptada por una sala especial del Tribunal Superior y se produce tras presentar los dos vecinos afectados un escrito en el que desisten de su denuncia contra la iglesia.

Los dos vecinos que pedían desde 1990 el derribo parcial de la iglesia de Nuestra Señora de las Fuentes, María Teresa M. y Abdón R., han desistido de su demanda tras haber alcanzado hace unos días un acuerdo con el arzobispado, que ha pagado más de 270.000 euros a cada uno a cambio de la retirada de la denuncia. Además, ambos conservarán sus casas -que están a sólo siete metros del templo porque éste se construyó en contra de la normativa municipal-. El pacto alcanzado entre la Iglesia y los dos litigantes establece, asimismo, el compromiso de ambas partes de renunciar a presentes y futuras acciones judiciales recíprocas.

La citada sala especial ha sido constituida hasta que el presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior resuelva si estima o no la recusación de los magistrados de la Sección Primera planteada por la Iglesia el pasado mayo. Esta sección es la que ha tramitado las diligencias sobre el templo desde que comenzó el proceso. Si la recusación queda desestimada, las diligencias volverán a la Sección Primera, y serán sus jueces quienes decidan si mantienen o no la orden de derribo. En caso contrario, la sala especial tendrá que decidir el futuro de la iglesia.

Fuentes jurídicas consultadas entienden que la orden de derribo está al margen del acuerdo alcanzado entre los vecinos y el arzobispado, puesto que el asunto de fondo es una cuestión urbanística: la iglesia no respeta la distancia mínima de separación (12,6 metros) que, según el planeamiento urbanístico de Madrid, debe existir entre dos inmuebles. Otros juristas consultados sostienen, en cambio, que la retirada de la demanda implica necesariamente la anulación de la orden de demolición.

'Es subsanable'

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El alcalde de la capital, José María Álvarez del Manzano, del PP, afirmó ayer que la ilegalidad de esa construcción es 'subsanable' de acuerdo con el Plan de Urbanismo, en vigor desde 1997. El regidor recordó que existe una modificación puntual del plan general para ese caso concreto aprobada por el pleno del Ayuntamiento. 'Lo que es legalizable, debemos intentar legalizarlo. Si un particular solicita la legalización de una obra que resulte ilegal, el Ayuntamiento tiene que legalizarla si lo pide en tiempo y forma', aseguró Álvarez del Manzano.

El Ayuntamiento, efectivamente, intentó legalizar la construcción de esta iglesia mediante un acuerdo del pleno municipal celebrado el 23 de marzo de 2000. Pero ese acuerdo fue anulado por un auto del Tribunal Superior de Justicia, que consideró inviable legalmente acomodar la ubicación del templo al vigente plan general. Como respuesta al intento municipal de legalizar la ubicación del templo cuando ya se había dictado la orden de derribo, el Tribunal Superior abrió diligencias penales por presunta prevaricación contra los 23 ediles que habían apoyado esa iniciativa (21 del PP y dos de IU).

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