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Dos vecinos retiran su demanda contra la Iglesia a cambio de 541.000 euros

Los litigantes han decidido retirar sus demandas contra el templo a cambio del dinero

Los dos vecinos que desde 1990 exigían a los jueces la demolición de parte de la iglesia de Nuestra Señora de las Fuentes (Fuencarral) han desistido de su denuncia contra el arzobispado. A cambio, éste les ha dado 541.000 euros (90 millones de pesetas) a repartir entre ambos. El pago de esta suma se produce cuando apenas faltaba una semana para que el Ayuntamiento procediese al derribo de 100 metros cuadrados de este templo, que incumple la normativa municipal. Los jueces estudiarán ahora si paralizan o no la demolición tras desistir los vecinos de su demanda.

Pese a que los dos vecinos han desistido de sus demandas, el futuro de la iglesia de Nuestra Señora de las Fuentes, en la calle de Villa de Marín, sigue siendo una incógnita. Los litigantes se quejaban de que el templo infringía el Plan General de Ordenación Urbana porque no respetaba la distancia mínima de separación entre dos inmuebles (12,6 metros), ya que sólo hay siete metros entre la iglesia y sus casas.

Ambos vecinos, María Teresa M. y Abdón R., llegaron hace unos días a un acuerdo con el arzobispado, dueño del templo, según publicó ayer Abc. Los dos vecinos, según ha sabido EL PAÍS, han retirado sus demandas a cambio de 45 millones de pesetas (270.000 euros) para cada uno. Y, además, conservarán sus casas. El acuerdo establece, asimismo, la obligación del arzobispado, que encabeza el cardenal Antonio María Rouco Varela, de desistir en el procedimiento civil que emprendió en 1996 contra la comunidad de vecinos de la calle de Villa de Marín, 41-43, al entender que era el bloque de pisos de esta comunidad el que invadía parte del terreno de la parroquia.

El abogado de María Teresa M. y Abdón R., Javier Dorca, se negó ayer a confirmar o desmentir este acuerdo. 'En este asunto estoy sometido a la discreción y al secreto profesional', se excusó. No obstante, otras fuentes aseguran que el pacto ha sido ya suscrito y que incluso los vecinos han recibido su dinero.

El acuerdo alcanzado no implica, a priori, la paralización inmediata de la orden judicial de derribo que el Ayuntamiento había fijado ya para el lunes día 17. En este momento, la decisión última la tiene la sala especial que se ha constituido en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior después de que el arzobispado recusara a los magistrados de la Sección Primera, que son los que han tramitado esta causa y los autores de la orden de derribo.

La sala especial tramitará este asunto hasta que el presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior decida si se ajustan o no a derecho las alegaciones presentadas por el arzobispado para recusar a los magistrados de la Sección Primera. La sala especial la forman el presidente más antiguo de las secciones que forman la Sala de lo Contencioso, Juan Ignacio González Escribano; los dos magistrados más antiguos de esta sala, José Daniel Parada Vázquez y Juan Ignacio Pérez Alférez, y los más jóvenes, Javier Eugenio López Candela y Rafael María Estévez.

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El escrito de los vecinos renunciando a la demanda contra el arzobispado está ya en poder de los jueces de la sala especial. Éstos tienen ahora dos opciones: decidir parar la orden de derribo o bien esperar a que el presidente de la Sala de lo Social decida si estima o no la recusación hecha por la Iglesia contra los magistrados de la Sección Primera.

¿Se demolerá o no?

Si el presidente de esta sala desestima la recusación, las diligencias volverían a la Sección Primera y sería ésta la que adoptase la última decisión sobre este templo. Cabe también la posibilidad de que los jueces de la sala especial tomen una decisión sin esperar a que se resuelva la recusación.

¿Qué ocurre cuando en un caso como éste, de índole contencioso-administrativa, los afectados retiran su demanda? Unos juristas sostienen que eso no obliga al tribunal a anular la orden de derribo. 'Se trata de un asunto urbanístico, que trasciende de los litigantes. Por tanto, no cabe anular la orden de derribo', indican. Y lo razonan: '¿Qué ocurriría si esas casas luego son vendidas a terceras personas?'. Pero un magistrado de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional opina que la retirada de la demanda implica ineludiblemente paralizar el proceso y anular la orden de derribo.

El gerente de Urbanismo, Luis Armada, señaló ayer a Efe que el Ayuntamiento ejecutará la sentencia de 3 de junio de 1993 si antes no llega una orden judicial que lo impida.

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