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Absuelto de tráfico de influencias un ex diputado socialista por Málaga

Condenado el alcalde de Villanueva del Trabuco

Diez años después de que saliera a la luz que el entonces diputado y presidente del PSOE en Málaga, Rafael Ballesteros, se construía un chalé en Villanueva del Trabuco en contra de la normativa urbanística, al fin hay sentencia. La Audiencia provincial ha absuelto al ex parlamentario de un delito de tráfico de influencias y ha condenado al alcalde del municipio, José Antonio Arjona, a seis años y un día de inhabilitación por prevaricación. La acusación ha anunciado que recurrirá la sentencia porque considera que 'Ballesteros era plenamente consciente de la ilegalidad de la obra'.

La sentencia considera probado que Ballesteros se compró una finca rústica en 1989 y que el 30 de abril de 1991 obtuvo licencia para cercar el terreno, construir una alberca y una nave. Pero cuando los arquitectos que contrató para hacer el proyecto del chalet le advirtieron de las 'dificultades urbanísticas que existían' para levantar una casa -según la normativa se necesitaba una superficie de 25.000 metros cuadrados y la parcela tenía menos de 6.000-, Ballesteros se las expuso al alcalde y obtuvo su autorización verbal para iniciar la vivienda.

Según el fallo, la casa comenzó a construirse a finales de marzo, cuando la licencia específica para esta obra fue concedida el 26 de julio de 1991, el mismo día en que fue solicitada, sin informe del secretario ni del arquitecto municipal.

Tras este relato, la sección primera de la Audiencia decide absolver al ex diputado socialista porque pese a que tiene 'serias y fundadas sospechas de que tuvo una intervención activa e interesada en los hechos, beneficiándose en provecho propio de la buena disposición del alcalde', no llega a la 'firme convicción sobre tal extremo, necesaria para fundamentar una sentencia condenatoria'. Por ello, aplica el principio jurídico de que en caso de duda hay que resolver a favor del reo.

En cambio, el fallo castiga con la pena de seis años y un día de inhabilitación para empleo y cargo público al alcalde, a quien encuentra culpable de un delito de prevaricación, que consiste en tomar una resolución injusta a sabiendas. La sala entiende que Arjona tuvo clara conciencia de la ilegalidad que cometía porque otorgó la licencia el mismo día que fue solicitada, pese a que no se adjuntó el preceptivo proyecto técnico, sin utilizar el asesoramiento jurídico del secretario ni el informe del arquitecto y teniendo conocimiento, por el propio Ballesteros, de los 'incumplimientos urbanísticos' existentes.

A pesar de ello, el tribunal considera probado que Arjona le dijo al ex diputado que 'no había ningún problema en que se iniciara la edificación y que contaba con su autorización verbal'. El fallo sostiene que el alcalde cometió 'una ilegalidad patente, flagrante y clamorosa, con conocimiento no sólo de su ilegalidad sino de la injusticia y la arbitrariedad de la misma'.

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La sentencia absuelve también a la compañera de Ballesteros, Victoria Robles, contra quien el fiscal había retirado ya los cargos durante el juicio. Además del fallo hay un voto particular que absuelve a los tres imputados. La acusación particular recurrirá porque entiende que Ballesteros era 'plenamente consciente de la ilegalidad'.

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