Absueltos dos tocólogos que no advirtieron un síndrome de Down
El Juzgado de Instrucción 2 de Granada ha absuelto a dos médicos de elaborar un diagnóstico prenatal erróneo a una embarazada de alto riesgo. La mujer, que sopesaba abortar, siguió adelante con la gestación, de la que nació un niño con síndrome de Down.
La sentencia del juez José Luis Martín admite la existencia de un 'cúmulo de omisiones' en el informe del obstetra que valoró el embarazo y, aunque dado que el error de diagnóstico no fue 'la causa eficiente del síndrome de Down' con el que nació el bebé, exime a los acusados de responsabilidad penal y rechaza la petición de los padres de ser indemnizados con 664.500 euros (más de 110 millones de pesetas).
El juez, que insta a los demandantes a acudir a la vía civil o administrativa para tratar de obtener compensación por el error, considera que el síndrome de Down es 'un defecto congénito, en modo alguno producido por cualquier manipulación de los codenunciados', de la misma forma que tampoco puede ser imputable a ellos el síndrome de reacción depresiva que padece la madre desde que tuvo a su hijo con una minusvalía no advertida por los médicos.
La mujer, de 42 años, que tuvo un hijo normal en 1987 y un aborto en 1988, y su marido, con un hermano con síndrome de Down, solicitaron en Córdoba, donde residen, un diagnóstico prenatal en el verano de 1999.
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