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Una mercantil recurre la aprobación de las normas urbanísticas de Algorfa

Denuncian contradicciones entre Urbanismo y Obras Públicas

La aprobación del expediente de homologación de las normas subsidiarias del planeamiento urbano de Algorfa (La Vega Baja) por parte de la Comisión de Urbanismo contradice otras consideraciones de ese propio organismo, de la Dirección General y de la Consejería de Obras Públicas. Éste es uno de los argumentos que sostiene Antonio Canales en el escrito de alegaciones que presentó el lunes a la consejería, en representación de la mercantil Los Altos de Algorfa, SA.

El escrito trata de demostrar 'las múltiples colisiones que plantea esta determinación'. La homologación fue aprobada el 11 de marzo por la Comisión Territorial e incluye un campo de golf que Obras Públicas declaró ilegal. La posible ilegalidad de este proyecto es objeto de investigación por parte el Juzgado número 4 de Orihuela. El juez ha imputado por un supuesto delito de tráfico de influencias y contra la ordenación del territorio al alcalde de Algorfa, Antonio Lorenzo, del PP, al promotor Antonio Pedrera y al abogado de éste, Rafael Martínez Campillo. El representante de Los Altos de Algorfa considera que la homologación contradice al consejero de Obras Públicas y Urbanismo, ya que deja sin efecto su resolución del 13 de noviembre de 2001 donde descartaba 'optar por la legalización de lo ya consumado' con el argumento de que se haría 'mejor derecho al que no cumple la legalidad que a la persona que la respeta'. Puesto que la aprobación definitiva de las normas subsidiarias de Algorfa implicaría la legalización del campo de golf, Canales entiende que se quebrantarían otros dictámenes que asumen su ilegalidad, incluido el del propio consejero. Según esta tesis, la Comisión Territorial vulneraría también sus propios actos pues 'en julio de 2001 reconocía que la competencia para aprobar ese expediente recaía en el consejero de Obras Públicas', y, de momento, ese requisito no se ha cumplido. La decisión choca, además, con una resolución que adoptó la Dirección General de Urbanismo el 3 de mayo de 2001, en la que afirmaba que 'se está construyendo un campo de golf sin la preceptiva licencia municipal' y añadía: 'Esta actuación constituye una infracción urbanística'. La aprobación de este documento supondría un obstáculo para la labor del juzgado de Instrucción número 4 de Orihuela y del TSJ de Valencia y obviaría los consejos de la Confederación Hidrográfica del Segura, que ya notificó en su día la ausencia de la obligatoria 'concesión de agua para el campo de golf'. Fuentes de la Fiscalía de Alicante han señalado que la autorización definitiva del expediente de homologación, es decir, su publicaçión oficial en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, conllevaría 'prácticamente' el archivo de las diligencias, en la actualidad paralizadas debido al cambio de titular en el juzgado instructor.

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