La Audiencia considera víctima del terrorismo a una mujer asesinada por la ultraderecha en 1976
Interior deberá indemnizar con 140.000 euros a la familia de Norma Menchaca
A María Norma Menchaca Gonzalo la mataron en Santurtzi (Vizcaya) el 9 de julio de 1976, cuando tenía 44 años y había bajado con sus vecinos a celebrar el día de la sardina. Su hijo Roberto la vio segundos antes de morir: 'Yo venía en una manifestación que reclamaba la amnistía de los presos políticos y le intenté decir por señas que se fuera para casa, pero ya era tarde'. Un disparo, realizado según todo el pueblo por un guerrillero de Cristo Rey infiltrado entre los manifestantes, terminó con su vida. Ahora, 26 años después, la Audiencia Nacional acaba de sentenciar que Norma Menchaca tiene derecho a ser considerada a todos los efectos víctima del terrorismo. Su familia deberá ser indemnizada con casi 140.000 euros.
Aquel día de julio aún se recuerda en toda Euskadi. Además de matar a Norma Menchaca, los fascistas, vestidos con camisa azul de pescador y pañuelo al cuello, hirieron de gravedad a otras dos personas: Sebastián Peña y José Unamuno. El lugar de la calle del Capitán Mendizábal donde ella cayó se llenó de flores y una gran manifestación recorrió Santurtzi. Ocho curas del pueblo concelebraron el funeral. El luto por Norma duró tres días, y hasta se suspendió la procesión de la Virgen del Carmen, pero nunca se detuvo al asesino ni se supo oficialmente a qué grupo pertenecía.
'A mi madre la mataron conocidos de aquí del pueblo, guerrilleros de Cristo Rey que se habían disfrazado de pescadores', sostiene Roberto Fernández Menchaca, 'a uno de ellos le llamaban El Chape, y cuando al día siguiente del fallecimiento de mi madre yo fui a hablar con el gobernador civil, él salía de su despacho. Le dije: 'Deténgalo, gobernador, que él fue uno de los que mataron a mi madre...'. Por poco me detiene a mí'.
El Juzgado de Instrucción número cinco de Bilbao abrió diligencias tras la muerte de Norma, pero apenas unos meses después -en diciembre de 1976- fueron sobreseídas al 'no aparecer elementos suficientes para acusar a determinada persona como autor, cómplice o encubridor del delito perseguido'. Desde entonces, el marido de la víctima, Luis Fernández Presa, y sus tres hijos, José Luis, Roberto y Margarita, han intentado por todos los medios que se reconociera oficialmente que Norma Menchaca murió en un acto terrorista. 'Mi madre bajó a una fiesta', dice Roberto, 'y no le dio un infarto ni la cogió un coche; le dieron un tiro en la cabeza. Tuve que ir a Portugalete para decirle a mi padre que la habían matado. Fue terrible. Por eso yo siempre entenderé a las víctimas del terrorismo, sean de un lado o de otro, porque mi madre murió víctima de un atentado terrorista'.
Pero el Estado les ha venido diciendo que no. La última ocasión fue el 12 de diciembre de 2000. El Ministerio del Interior denegó que el caso de Norma Menchaca estuviera dentro de los supuestos que prevé la Ley de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo. Fue entonces cuando la familia decidió ir a por todas. Se dirigieron a los grupos políticos vascos exponiéndoles el caso, pero sólo Izquierda Unida les hizo caso. Su secretaría de Derechos Humanos recurrió ante la Audiencia Nacional, que ahora acaba de fallar a favor.
Una de las claves de la sentencia está en que recoge la llamada doctrina del terrorismo individual: 'Aquellos supuestos donde para ser calificado como terrorista no es preciso, como en el resto de las previsiones típicas, pertenecer o estar integrado en una banda armada, organización o grupo terrorista, sino que es suficiente con cometer determinadas acciones delictivas (homicidio, lesiones, incendios, etc) con miras no sólo a subvertir el orden constitucional sino también a alterar gravemente la paz pública'.
La otra clave se encuentra en los sucesivos dictámenes del Consejo de Estado favorables al reconocimiento de víctimas. Entre éstos, los abogados de IU llamaron la atención sobre el dictamen, emitido el 30 de marzo de 2000, relativo a los damnificados por el incendio del hotel Corona de Aragón de Zaragoza, que el día 12 de julio de 1979 acabó con la vida de 79 personas. Así lo recoge expresamente la sentencia de la Audiencia Nacional: 'La finalidad asistencial y no de responsabilidad de la ley de víctimas del terrorismo. En su virtud no son de exigir las circunstancias cuya concurrencia es imprescindible para actuar la responsabilidad del Estado, sino otras de apreciación más discrecional derivadas de criterios no compensatorios sino de solidaridad'. O lo que es lo mismo, como también dice la sentencia, 'la ley alienta un espíritu claramente favorecedor de las víctimas del terrorismo'.
Lo llamativo del asunto es que, a pesar de que la ley de víctimas fue aprobada por unanimidad de todos los grupos, Interior rechazara de plano, y acogiéndose a informes policiales de la época, la reclamación de la familia de Norma. Sobre todo teniendo en cuenta el calvario que pasaron entonces. 'Las autoridades sacaron el cadáver del hospital, le hicieron la autopsia y después la enterraron sin pedirnos siquiera permiso. Durante mucho tiempo, íbamos a ponerle flores a una tumba que no sabíamos si era la de nuestra madre'.
Si el Gobierno no recurre, la familia de Norma tendrá derecho a recibir 23 millones de pesetas y, sobre todo, por fin, el reconocimiento moral.
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