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Los alcaldes podrán reducir el horario de los locales de la movida

El Ejecutivo regional lleva al TC una ley estatal sobre la concesión de apuestas hípicas

La nueva orden de la Junta sobre el horario de los establecimientos públicos, que entrará en vigor el 1 de mayo, deja una horquilla de dos horas a los ayuntamientos para acortar o prolongar los cierres, según se trate de zonas acústicamente saturadas o se celebren fiestas o ferias. El consejero de Gobernación, Alfonso Perales, se mostró ayer convencido de que los alcaldes sabrán usar esta potesdad con 'sentido común', y subrayó que lo importante es la voluntad de aplicación: 'No sirve para nada dictar medidas espectaculares que son luego inaplicables'.

La nueva norma sustituye a una 'obsoleta' orden de 1987 y desarrolla la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de 1999 que, junto con la Ley de Drogas, configuran el 'instrumento legal de la Junta para responder con eficacia, y sin demagogia e hipocresía, al consumo excesivo del alcohol de los jóvenes y las molestias de la movida', explicó Perales, tras la reunión del Consejo de Gobierno

Los horarios se clasifican por tipos de locales según su licencia de apertura, en lugar de por categorías fiscales como hacia la anterior norma. No habrá distinción entre temporada baja y alta -una cosa 'absurda' en Andalucía, apostilló Perales- y el régimen será general para toda la comunidad autónoma. Los establecimientos de zonas turísticas, carreteras, autovías aeropuertos, estaciones, hospitales, lonjas y mercados de abastos gozarán de un régimen especial, previa concesión de las delegaciones del Gobierno.

El decreto fija una limitación específica contra la expedición de bebidas y comidas en terrazas y veladores más allá de las 2.00 horas y prohíbe que los bares con música y discotecas puedan abrir al público antes de las 12.00 horas. A juicio del consejero, con esta medida ' se da solución a un fenómeno considerado como fraude de ley, denunciado por ayuntamientos y vecinos, como son los after hour, que violentan las normas vigentes abriendo a partir de las 06.00 horas'.

A partir del próximo 1 de mayo, el horario de cierre para bares y restaurantes en Andalucía será a las 2.00 horas (una hora más viernes y sábados); las 3.00 para pubs y bares con música (una hora más viernes y sábados); las 6.00 para discotecas y salas de fiesta (una hora más viernes y sábados); y las 2.00 horas para las discotecas sin alcohol para jóvenes (una hora más viernes y sábados).

Perales explicó que el principio básico de la orden es aunar 'de manera razonable' el derecho al descanso con los de actividad empresarial y ocio. 'Lo importante es la voluntad de aplicación', añadió, pues 'hay comunidades que tienen normas muy restrictivas que luego no se llevan a la práctica'.

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En este sentido, se mostró convencido de que los ayuntamientos aplicarán los recortes de cierre de locales públicos con 'sentido común', al tiempo que subrayó que el decreto nace con el 'máximo consenso' de empresarios de hostelería, ayuntamientos y asociaciones de vecinos.

Apuestas hípicas

El Consejo de Gobierno acordó ayer interponer un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 24 y una disposición adicional de la ley de acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado, ya que considera que vulnera las competencias de la comunidad autónoma en materia de apuestas hípicas, con el objetivo de 'favorecer' al hipódromo de La Zarzuela, en manos de Patrimonio del Estado. El Ejecutivo andaluz argumenta el recurso en la decisión del Gobierno central de 'arrogarse' la competencia sobre apuestas hípicas, transferida en 1984, y de 'modificar unilateralmente' la tasa que grava la autorización de rifas, tómbolas, combinaciones aleatorias y apuestas, cedida también a Andalucía. Perales aseguró que ambas medidas suponen una 'merma' en la 'potestad recaudadora' de la comunidad, además de dañar la actividad económica y turística ligada a los dos hipódromos andaluces: los de Mijas (Málaga) y Dos Hermanas (Sevilla).

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