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Repsol Butano, multado por prácticas contra la competencia

El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha impuesto a Repsol Butano una multa de 300.000 euros por considerar que vulnera la libre competencia al negar a las empresas instaladoras de gas, agrupadas en Aseingas, información esencial sobre las revisiones obligatorias.

Repsol Butano y su servicio oficial tienen acceso a la información que las compañías instaladoras de gas están obligadas a remitirle sobre instalaciones y revisiones, 'de manera que tienen puntual conocimiento de dónde y cuándo un usuario está obligado a pasar una nueva revisión, facilitándoles por completo el trabajo'. Según la acusación, las compañías integradas en Aseingas, que no pertenecen al Servicio Oficial, no disponen de esta información, una conducta que, en opinión del organismo presidido por González Solana, es contraria al artículo 6 de la Ley de Defensa de la Competencia.

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En la sentencia, contra la que Repsol Butano puede presentar recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, se obliga a la empresa, además, a hacer pública la resolución en el plazo de dos meses, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en las páginas de información económica de dos de los diarios de mayor circulación. En caso de incumplimiento, Repsol Butano deberá pagar una multa de 600 euros por cada día de retraso.

El proceso se inició en 1998, cuando Tubogas presentó una denuncia ante el Servicio de Defensa de la Competencia al considerar que Repsol Butano realizaba una 'explotación abusiva' de su condición de empresa suministradora usando una información proporcionada por las demás empresas únicamente en favor del servicio oficial de Repsol. Tubogas denunciaba también la 'competencia desleal por confusión' que practicaba Repsol Butano al enviar avisos al término de los plazos de revisión obligatoria de las instalaciones, que inducían al consumidor a creer que ellos eran los únicos que podían prestar el servicio. En verano de 2001 el grupo fue también multado con 3,01 millones de euros por incurrir en prácticas restrictivas a la competencia en los contratos de abanderamiento con las estaciones de servicio.

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