Jueces y sueldos
El Tribunal Supremo acaba de 'casar' (anular) la sentencia de la Audiencia Nacional que reconoció a los funcionarios públicos el derecho a la actualización de sus retribuciones en 1997, con arreglo al IPC, para mantener -que no incrementar- su poder adquisitivo. Todo ello en cumplimiento del acuerdo obtenido mediante negociación colectiva entre Gobierno y sindicatos de funcionarios en 1994. Con ello se mantenía el poder adquisitivo del año anterior pero no se recuperaba ni una sola décima de los 25 puntos perdidos desde 1982, que supera los 30 en 2002.
Los señores magistrados entienden que, por encima de los acuerdos vinculantes a que pueda llegarse en ejercicio del derecho fundamental a la negociación colectiva, están los intereses generales que se marca el Gobierno y, por tanto, puede incumplir los acuerdos.
Sorprende extraordinariamente la actitud de tan altos administradores de la justicia española cuando ellos, jueces y magistrados, que tienen prohibido por la Constitución el derecho de sindicación y, por consiguiente, la negociación colectiva, han conseguido que el Gobierno se siente con los representantes de sus asociaciones profesionales (APM y JPD), fuertemente reivindicativas, y han negociado un incremento de sus retribuciones del 15% en tres años. Acuerdo de carácter vinculante que el Gobierno incluirá en el inmediato proyecto de Ley de Retribuciones de Jueces y Magistrados, con el compromiso de que será apoyado (y aprobado) por el mayoritario grupo popular.
Creo que el Gobierno, velando por los intereses generales y propiciando el derecho a la igualdad entre funcionarios (los jueces también lo son), debe no tramitar el proyecto que haría realidad ese privilegio, y preparar un proyecto de Ley de Retribuciones, común para todos los funcionarios.
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