Los tribunales pondrán en marcha los juicios rápidos antes del verano
El Gobierno propone enjuiciamientos inmediatos cuando la pena sea de hasta 9 años de cárcel
Todos los partidos parlamentarios se comprometieron ayer a aprobar antes del verano una reforma legal que ponga en marcha los juicios rápidos. Estos juicios sentenciarán en menos de 15 días los delitos flagrantes con penas inferiores a nueve años de prisión, así como los delitos contra la propiedad y de violencia contra las mujeres. El borrador de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal enumera, como delitos que se juzgarán por la vía rápida, las lesiones, coacciones, amenazas, hurto, robo, sustracción de vehículos y delitos contra la seguridad del tráfico, siempre que el procedimiento sea 'sencillo' . El ministro de Justicia, Ángel Acebes, aseguró que los juicios inmediatos tratan de atajar la reincidencia en la delincuencia.
Los juicios rápidos o inmediatos se aplicarán a los delitos de lesiones, contra la propiedad y a todos los que engloban la violencia doméstica, así como a delitos castigados con penas de hasta nueve años, cuando el delincuente sea sorprendido en el acto. En todos ellos, el juez de guardia será el instructor y quien tome declaración a los testigos y a las partes. A partir de ese momento, si se trata tan sólo de una falta (pequeños hurtos o lesiones que sólo requieran una primera asistencia), el juicio se celebrará el mismo día, y en él se dictará la sentencia. Si se trata de un delito, el juicio oral deberá celebrarse en un plazo máximo de 15 días.
El borrador que el ministro Ángel Acebes entregó ayer a los diputados en la comisión de seguimiento del Pacto por la Justicia modifica 60 artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aunque en muchos de ellos sólo se cambia la numeración. Esa modificación reforma el Título II (del procedimiento abreviado), e incorpora un Título III para el nuevo enjuiciamiento rápido, de menos de 15 días.
Hasta ahora se juzgan por el procedimiento abreviado los delitos castigados con penas de hasta nueve años de cárcel. La modificación propuesta por el Gobierno prevé que se aplique el nuevo procedimiento rápido a los delitos flagrantes, aquellos en los que el delincuente es detenido 'en el momento de estar cometiendo el delito' o tras una persecución policial, 'inmediatamente después de cometerlo'. Así, según el proyecto del Gobierno, se utilizará el procedimiento de enjuiciamiento rápido cuando el delincuente sea pillado in fraganti y siempre que la instrucción del proceso sea, en principio, 'sencilla'.
Aunque todos los partidos expresaron ayer su voluntad de consenso para poner en marcha los juicios rápidos, PSOE, IU y el PNV advirtieron que la rapidez no puede ir en detrimento de las garantías. Por ello, en el trámite parlamentario analizarán si el tope de nueve años de posible pena de cárcel no es un tope muy dilatado para que se decida en un juicio de sólo 15 días.
La mayor parte de los juicios que se celebren corresponderán a los jueces de lo penal, que entienden de los delitos que no tienen asignada pena superior a los cinco años de prisión.
Los juicios rápidos o inmediatos están pensados, sobre todo, para los delitos contra la propiedad, contra la seguridad del tráfico y para todos los englobados como violencia contra las mujeres. El ministro de Justicia, Ángel Acebes, subrayó que los juicios rápidos pretenden acelerar el funcionamiento de la justicia al enjuiciar todos los delitos que tienen una 'especial incidencia en la seguridad ciudadana o repugnen a la conciencia social, como la violencia doméstica'. Además, pretenden poner coto a los delincuentes reincidentes.
Reincidentes habituales
Acebes destacó que ahora es muy habitual la reincidencia entre presuntos delincuentes que han sido detenidos y puestos en libertad provisional a la espera de juicio. Así, se producen cifras que desatan el escándalo social, como las 4.000 personas que fueron detenidas el pasado año en cinco o más ocasiones. O el listado de 85 personas que acumulan nada menos que 3.561 detenciones. Buena parte de esos detenidos reincidentes no han llegado a ser juzgados. Con el sistema de juicio en sólo 15 días para los delitos y en un día para las faltas, el delincuente afrontará con mucha más probabilidad la agravantes de haber sido ya condenado en un juicio anterior.
Además, prevé la suspensión de la pena cuando el acusado 'preste su conformidad en el juzgado de guardia' en delitos que tengan asignada una pena no superior a tres años de prisión. La conformidad reduce la pena en un tercio, y una sentencia reducida a dos años de cárcel puede quedar en suspenso o ser sustituida por otra pena que no sea privativa de libertad. Para que se acuerde la suspensión, el acusado habrá de comprometerse a satisfacer las responsabilidades civiles, o, en su caso, obtener la certificación de encontrarse deshabituado o en tratamiento.
La suspensión de la pena tiene como principal inconveniente que uno de los principales destinatarios de los juicios rápidos, el maltratador de mujeres, puede encontrarse en la calle sin que estén determinadas otras medidas para garantizar la seguridad de la víctima. Este inconveniente fue ayer destacado por el grupo parlamentario de Convergència i Unió.
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