Los jueces recibieron el año pasado medio millón de causas penales, casi 20.000 más que en 2000
En 2001 se celebraron sólo 636 de los 3.000 juicios rápidos previstos, y ninguno inmediato
Los 46 juzgados de instrucción de la capital (que investigan delitos) no dan abasto. Durante el año que acaba de finalizar recibieron 503.891 causas penales, 19.891 más que en 2000. Esta cifra, facilitada por fuentes de los juzgados de Madrid, revela la proliferación de asuntos delictivos que tuvieron que afrontar los jueces el año pasado debido al incremento de la tasa delictiva en la capital. Pese a esta elevada tasa criminal, la promesa de los jueces de celebrar juicios inmediatos (juzgar a una persona en 72 horas tras su detención) quedó en agua de borrajas. No se celebró ni uno.
'La carga de trabajo que tenemos es bestial: no paran de entrar causas; y para que no se te caigan los papeles encima hay que trabajar mañana, tarde y noche'. Así describía hace unos días un juez de instrución la situación de los 46 juzgados de Madrid que se turnan en las guardias y que investigan los hechos criminales que azotan a la capital. 'Ignoro los porcentajes, pero los robos, lesiones y delitos contra las personas han aumentado espectacularmente', explicó otro magistrado. Del medio millón de nuevas causas registradas el año pasado, sólo 10.167 fueron remitidas para juicio a los juzgados de lo penal, que se dedican en exclusiva a celebrar vistas. Otras quedaron en juicios de faltas. Y es que, de todo lo que denuncian los madrileños, apenas el 10% llega finalmente a juicio. El 90% se archiva o se sobresee porque el autor del delito no es conocido.
Para aligerar los procesos penales y evitar la multirreincidencia y que muchos delitos queden impunes (como ocurre, por ejemplo, con parte de los atracos que padecen los turistas extranjeros), se idearon los juicios inmediatos y los rápidos. Éstos funcionan en Madrid desde 1994. Su finalidad es juzgar al reo al mes máximo de su detención. Los inmediatos se instituyeron hace dos años bajo el auspicio del anterior juez decano de Madrid, Fernando Fernández, hoy vocal del Consejo del Poder Judicial. El objetivo de los inmediatos es que el detenido sea juzgado en 72 horas. Es decir, que salga de los calabozos de la plaza de Castilla con la sentencia bajo el brazo. Ambos tipos de juicios están resultando un fiasco en la capital.
Evitar la impunidad
En 2001 los juzgados de lo penal (que se dedican en exclusiva a enjuiciar delitos con penas inferiores a cinco años) no celebraron juicios inmediatos, orientados éstos a evitar la impunidad a los ladrones que atacan a los turistas que visitan Madrid durante unos días. La ley obliga a quien denuncia un robo en comisaría a que se ratifique luego ante el juez. El problema es que los turistas regresan a sus países y no les compensa volver un mes después a España para ratificarse o asistir al juicio. Los juicios inmediatos también se idearon para los hinchas de equipos de fútbol extranjeros que vienen a Madrid y provocan altercados.
A la inexistencia de juicios inmediatos se suma el retroceso de los rápidos. En 2001 sólo se celebraron 636 juicios rápidos. Esta cifra es inferior a la registrada en 2000, cuando se celebraron 679. El número de vistas de este tipo es, no obstante, muy inferior al previsto. El anterior juez decano vaticinó que en Madrid se producen todos los años entre 3.000 y 4.000 hechos criminales susceptibles de ser enjuiciados mediante vistas rápidas. Al año siguiente de su creación, en 1994, se celebraron más de mil juicios rápidos, pero desde entonces no han dejado de bajar. Barcelona celebra habitualmente el doble de juicios rápidos que Madrid, y hace tres años, casi el triple.
Los juicios rápidos se celebran en el juzgado de instrucción (si se trata de faltas) o en el de lo penal (si se trata de delitos con penas inferiores a cinco años de cárcel). Celebrar juicios rápidos o inmediatos sólo es posible si el autor del delito es sorprendido en flagrante. Para poner en marcha estas vistas, el anterior decano recabó la ayuda del Colegio de Abogados, en concreto de los letrados que hacen labores del turno de oficio, con vistas a facilitar su desarrollo. Pero también es muy importante la labor del fiscal, que debe elaborar el escrito de acusación inmediatamente después del interrogatorio del detenido.
Para agilizar la celebración de juicios rápidos se decidió el año pasado crear un cuarto juzgado de guardia en Madrid (ahora hay tres). Debió entrar en funcionamiento el pasado 1 de enero. Ha pasado ya casi un mes y medio y aún no existe. El actual juez decano, José Luis González Armengol, denunció a este periódico que la demora de la entrada en funcionamiento del cuarto juzgado -que igualaría a Madrid con Bacelona en juzgados de guardia- se debía a la falta de recursos para dotarlo.
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