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Columna
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Con la pólvora de los contribuyentes

El veto interpuesto por el obispado de Almería a la renovación del contrato anual de una profesora de religión católica en un colegio público de Los Llanos de la Calzada, culpable de haber contraído matrimonio civil con un divorciado, ha sacado a la luz otros casos de discriminación laboral del episcopado, cometidos so pretexto de que los despedidos no daban el debido 'testimonio de vida cristiana'. Portavoces de la Federación de Profesores de Religión denuncian también las intimidaciones extorsionadoras sufridas por sus asociados para que entreguen de manera voluntaria una parte de su sueldo (el 0,6%) en determinadas diócesis. El lenguaje jurídico, tan rico en eufemismos, permite dibujar la pérdida del puesto de trabajo de esos profesores de religión católica, que han venido desempeñando regularmente su tarea durante años, no como un despido activo sino como un desestimiento pasivo; la diferencia no es nominal sino que implica consecuencias de orden económico y atenta contra la dignidad de los perjudicados.

Propuestos inexcusablemente para cada curso escolar por el ordinario diocesano, los profesores de religión católica en la enseñanza infantil, primaria, secundaria y de magisterio (en torno a 15.000 personas) son contratados formalmente -de año en año-por la Administración en el marco regulador del Acuerdo firmado en 1979 por el Estado con la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales. Los aspirantes a ocupar esas plazas docentes en centros públicos necesitan una Declaración Eclesiástica de Idoneidad, otorgada o retirada por las autoridades diocesanas; los colegios estatales no pueden sino aceptar esas propuestas. El Convenio firmado en 1999 por el Gobierno del PP obliga además al Estado a pagar directamente (unos 50.000 millones en total ) a los profesores. .

¿Cómo explicar la asombrosa contradicción de que el nombramiento y la revocación de los profesores de religión católica dependa exclusivamente de las autoridades diocesanas pero que los docentes firmen sus contratos con la Administración, desempeñen su labor de adoctrinamiento en centros públicos y sean pagados por los impuestos de todos los contribuyentes?. El malogrado profesor Joaquín García Morillo mostró en su día el considerable desfase existente entre la teoría y la realidad del principio de aconfesionalidad proclamado por la Constitución de 1978 (Claves de Razón Práctica, nº55). El artículo 16.3 de la norma recurrió a una tortuosa fórmula para tranquilizar a la Iglesia sobre las implicaciones jurídicas y económicas del reconocimiento de la libertad religiosa y de culto: de una parte, la Constitución declara que 'ninguna confesión tendrá carácter estatal', rompiendo así con la tradición confesional de la Monarquía; de otra, obliga a los poderes públicos a tener en cuenta 'las creencias religiosas de la sociedad española' y a mantener las consiguientes 'relaciones de cooperación' con la Iglesia Católica y las demás confesiones. Sin embargo, el instrumento jurídico elegido por el Estado para proteger los derechos de los españoles bautizados en la fe católica y para asegurar la buena vecindad entre creyentes y agnósticos no fue el Derecho Interno ad intra sino el Derecho Internacional ad extra: los Acuerdos de 1979 no articularon las anunciadas 'relaciones de cooperación' con la sociedad española de creyentes sino con la Santa Sede, un Estado soberano e independiente.

Los acuerdos de 1979 conceden privilegios y ventajas extraordinarios -desde el ámbito educativo hasta el terreno fiscal, pasando por la fijación de los festivos- a una Iglesia Católica definida no como una comunión de fieles sino como una institución secular a través de un Tratado internacional cuya ejecución, sin embargo, el Vaticano delega en la Conferencia Episcopal. Si el pago con dinero público de los profesores de religión católica designados por la Jerarquía para realizar trabajos de catequesis en centros estatales es un buen ejemplo de cómo la santabárbara financiera de la Iglesia se abastece con la pólvora de todos los contribuyentes, el arbitrario despido de los docentes díscolos por los obispos utiliza un fraudulento parapeto internacional frente al Estatuto de los Trabajadores.

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