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El Tribunal Superior obliga al Ayuntamiento de Barcelona a cambiar su plan de pensiones

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) obliga al Ayuntamiento de Barcelona a modificar el plan de pensiones de los funcionarios y contratados, cuya titularidad corresponde a 9.171 empleados de la Administración local. La modificación se efectuará en aplicación de dos sentencias de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso del TSJC.

El primero de estos fallos, que corresponde a una demanda presentada por la Asociación Sindical Independiente (ASI), anula los acuerdos por los que en 1996 se desarrolló un fondo de pensiones externo que está siendo gestionado por el Banco de Sabadell. La segunda sentencia obliga al consistorio a informar de los recursos disponibles del fondo de pensiones, 'sumando a la cantidad inicial los intereses por las cuantías depositadas'. Este segundo fallo, que resulta ser favorable a la demanda presentada por la Asociación Sindical de Policías Locales de Cataluña, la Guardia Urbana, incrementará la cuantía del fondo, en el momento de su constitución, desde 976 millones de pesetas hasta unos 2.700.

En este momento, el fondo de pensiones del Ayuntamiento de Barcelona tiene unos recursos de 2.254 millones y 9.171 partícipes entre funcionarios y contratados pertenecientes a la plantilla del Ayuntamiento y a varios institutos municipales, según datos de la entidad gestora.

La aplicación de la sentencia referida a las cantidades del fondo de pensiones puede suponer una modificación de los recursos gestionados, cuya cuantía, hoy, podría alcanzar más de 4.500 millones de pesetas, de acuerdo con las exploraciones realizadas por los sindicatos demandantes. Respecto a la sentencia que anula los acuerdos que desarrollan el fondo de pensiones, su aplicación puede ser mucho más grave en la medida en que el fallo fue declarado firme una vez transcurrido el plazo previsto por la ley sin que el Ayuntamiento hubiese presentado recurso de apelación. Ayer mismo, los representantes legales de ASI presentaron al Tribunal Superior la solicitud de ejecución de sentencia, adjuntando la petición de que la sala designe una cuenta corriente en la que los recursos del fondo de pensiones quedarían bloqueados cautelarmente.

Prepotencia

A juicio de los denunciantes, el Ayuntamiento actuó con prepotencia respecto a las demandas de los sindicatos disconformes con el fondo de pensiones. Tampoco informó a tiempo a la entidad gestora del fondo, el Banco de Sabadell, al conocer el trámite judicial de las demandas. En los últimos días, la gestora ha pedido a los sindicatos demandantes que se pongan de acuerdo con el Ayuntamiento para actualizar los valores de constitución del fondo y los recursos administrados hasta hoy.

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Por su parte, ASI ha comunicado tanto al Ayuntamiento como al Banco de Sabadell que, después del fallo del TSJC, 'sólo cabe la ejecución de la sentencia y están fuera de lugar los acuerdos entre las partes', afirma Javier Cañadillas, presidente de la asociación de funcionarios.

Los acuerdos fundacionales del fondo fueron aceptados en su momento por los sindicatos Comisiones Obreras, UGT, SSPM y AI-CSIF, mientras que la ASI y la Asociación Sindical de Policías se manifestaron en contra y recurrieron.

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