_
_
_
_
TRIBUNALES

Los pescadores de El Palmar recurren ante el Constitucional

La Comunidad de Pescadores de El Palmar ha presentado un recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia del Tribunal Supremo por la que se obliga a dicha entidad a admitir a cinco mujeres a las que se les denegó la entrada en 1997. Según aquella sentencia las mujeres no fueron admitidas 'exclusivamente por el hecho de ser mujeres, aunque se haya tratado de configurar como una cuestión de formalidades basadas en normas de derecho hereditario'.

En el recurso se argumenta que la sentencia del Tribunal Supremo supone una clara vulneración del derecho de asociación. Según el letrado que representa a la Comunidad, Francisco Davó, 'a ninguna asociación de carácter privado se le puede obligar a admitir a nadie'. Davó reiteró que las cinco mujeres que demandaron a la Comunidad 'no fueron admitidas por no cumplir los requisitos exigidos por la entidad y no por su condición de mujeres'. El abogado además cree, y así lo expone en el recurso ante el Tribunal Consitucional, que el Tribunal Supremo 'incurrió en una incongruencia al contestar con argumentos de tipo laboral un recurso en el que se explicaba que la Comunidad era una entidad claramente asociativa y privada'. Por otra parte, Davó considera que la sentencia viola el derecho de igualdad 'al imponer a la Comunidad cinco asociadas sin tener en cuenta los requisitos de entrada exigidos a cualquier otra persona que solicite su ingreso'.

Ingreso

En el recurso se expone que es incorrecto afirmar, tal y como lo hizo la sentencia del Tribunal Supremo, que el ingreso de las mujeres fue rechazado por motivos de sexo. La Comunidad apoya dicha afirmación en que el día 2 de julio del año pasado, 'se admitió a un total de 29 personas del sexo femenino y a 11 del sexo masculino', eso sí, previo cumplimiento de los requisitos de ingreso. Según el recurso, resulta 'aberrante' que 'se pretenda basar la supuesta existencia de discriminación por razón de sexo en normas y costumbres que datan de hace casi siglo y medio, con evidente y palmario desprecio, u olvido' de las actuaciones recientes de la Comunidad como la del 2 de julio de 2000.

Las cinco mujeres iniciaron el pleito en julio de 1997 después que fueran rechazadas por la Comunidad. Las mujeres acudieron entonces al juzgado y en octubre de 1998 un tribunal resolvió que tenían derecho a formar parte de la Comunidad. La sentencia fue recurrida ante la Audiencia de Valencia, que el 24 de abril de 1999 ratificó el derecho de las mujeres a pescar. Tras esta última resolución las mujeres podían pescar en L'Albufera aunque quedaba pendiente su ingreso en la entidad. La última asamblea de pescadores aceptó el ingreso de mujeres aunque no de las cinco recurrentes argumentando que no contaban con los avales necesarios. El pasado febrero el Tribunal Supremo obligó de nuevo a la Comunidad a admitir a las mujeres.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_