La Audiencia dice que Xaki es legal y no un 'ministerio' de ETA
El tribunal, presidido por Carlos Cezón, e integrado por Antonio Díaz y Juan José López Ortega, que ha actuado como ponente, ha revocado cinco de los 15 procesamientos dictados por Garzón el 7 de agosto de 2000 y ha puesto en libertad a los tres en prisión preventiva.
La resolución confirma los procesamientos de Mikel Gotzon Egibar, Gorka Martínez, Miriam Campos, Elena Beloki, Jokin Gorostidi, José María Olarra, José Ramón Antxia, Iñigo Elkoro, Mikel Gotzon Korta y Nekane Txapartegi por pertenencia o colaboración con banda armada. Sin embargo, revoca las imputaciones contra Sabin del Bado, María Rosario Buñuel, Gotzon Resa, Maite Ubiria y Carlo María Gonzato.
Los magistrados han decidido también poner en libertad bajo fianza de 10 millones de pesetas a Gorka Martínez y Mikel Gotzon Egibar, y sin fianza alguna a Miriam Campos, debido al tiempo transcurrido en prisión preventiva. Egibar ingresó en la cárcel en marzo de 1999, mientras que Martínez y Campos lo hicieron en febrero de 2000. El tribunal considera que la prisión preventiva no puede suponer una aplicación anticipada de una pena, que no existe riesgo de fuga y que la prisión no debe mantenerse por el riesgo de reiteración delictiva salvo en supuestos de extrema gravedad.
El tribunal considera legales los fines de Xaki, pero no las conductas de algunos de sus miembros, que 'habrían realizado tales actividades siguiendo las directrices' de ETA, 'a la que pertenecen o con la que colaboran'. 'Es claro que ninguna apariencia de ilicitud presentan, en cuanto tales, los fines' de Xaki, 'una asociación que actúa públicamente y que se encuentra legalmente constituida'. 'Prestar asistencia legal o sanitaria a los deportados en el extranjero, realizar actuaciones para evitar que prosperen las peticiones de extradición, criticar el sistema legal español, promover el reconocimiento internacional del derecho a la autodeterminación e, incluso, difundir dentro y fuera de España la denominada Alternativa democrática de Euskal Herria, son conductas que, por sí, carecen de significación delictiva, independientemente de que se realicen por una persona individual o, conjuntamente, por varias personas asociadas a tal fin', concluye.
El tribunal, que ha querido hacer público el auto por 'el interés social de lo debatido', defiende que Garzón no ha criminalizado ideas, sino conductas, pero sostiene que no existe delito de colaboración con ETA en el mero trato con personas de la banda y otras actuaciones.
La resolución limita gravemente las investigaciones de Garzón del entorno financiero, mediático y político de ETA. El tribunal no ha considerado el documento remitido por ETA a Xaki e intervenido al etarra José Ignacio Herran, donde se explicaba que la banda había decidido 'crear un verdadero ministerio' de exteriores y que ése era Xaki.
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