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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Competencia a medida

El Consejo de Ministros aprobó ayer las condiciones para la fusión entre las dos grandes empresas eléctricas españolas, Endesa e Iberdrola. En las grandes magnitudes, el Gobierno se ha mostrado mucho menos riguroso que el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC). La capacidad de generación de la empresa fusionada se limita al tamaño actual de Endesa, equivalente a 19.400 megavatios; la cuota de distribución no podrá superar el 48%, lo que equivale a reservar a la compañía resultante casi la mitad del monopolio español de la red que canaliza la electricidad hasta los consumidores domésticos, y la cuota de comercialización se restringe al 40% hasta el 1 de enero del año 2005. Además, el Gobierno establece un plazo de 14 meses para subastar los excedentes derivados de la aplicación de estos límites, condición que hay que valorar positivamente en términos de transparencia, y obliga a que al final del proceso surjan dos nuevos operadores eléctricos. También se elimina el sistema actual de pago de los costes de transición a la competencia (CTC) por recargo en tarifa del 4,5%, aunque no repercutirá en los consumidores porque se mantiene una compensación por diferencias.

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Pero hay motivos para la decepción. Las condiciones anunciadas ayer por el vicepresidente Rato son más favorables para las empresas y menos exigentes para la competencia que las planteadas por el TDC. Si este organismo consideraba en su dictamen que la cuota máxima de generación eléctrica admisible no debía exceder del 35% del mercado nacional, ¿qué razones tiene el Gobierno para elevar ese límite hasta el 42%? Aunque las recomendaciones del tribunal tengan carácter consultivo, al menos sus dictámenes deben servir como referencia.

Por otra parte, muchos inversores, nacionales y extranjeros, tendrán dificultades para entender cómo es posible que se prohibiera la operación de compra de Hidrocantábrico por parte de Unión Fenosa con el pretexto de que se reducía la competencia y que unos meses después se autorice una fusión de las dos empresas que lideran el mercado en condiciones notablemente rebajadas respecto a las exigencias del TDC. Una condición indispensable para dar por buena la operación en términos de competencia era respetar las restricciones recomendadas por ese tribunal, porque se trataba de mínimos que garantizaban el mantenimiento, ya que no la mejora, de las condiciones actuales de competencia en el mercado español.

Las circunstancias que han rodeado el trámite de análisis por parte del TDC también son penosas. Las empresas han punteado con estratégicas declaraciones de protesta las limitaciones sucesivas dictaminadas por la Comisión Nacional de la Energía (CNE) y el TDC. Sus presiones, a la vista de la decisión final del Gobierno, han surtido efecto. Mientras en el caso de Unión Fenosa e Hidrocantábrico la decisión del Gobierno fue tajante y se aplicó con la mayor rapidez y discreción, en el caso de Endesa e Iberdrola se ha permitido un carnaval de filtraciones, opiniones, réplicas y presiones inaceptables en la decisión neutral de un servicio de competencia.

Todos estos problemas y distorsiones en el trámite político de la operación confluyen sobre varios problemas graves que tiene la legislación de competencia en España. Uno es el ya mencionado de la irrelevancia política del TDC, que convierte todas las decisiones sobre concentraciones de empresas en discrecionales del Gobierno. Más importante todavía es la aplicación de normas de competencia diferentes para cada caso, como demuestra la prohibición de la compra de Hidrocantábrico por Unión Fenosa y la aprobación con condiciones de la fusión Endesa-Iberdrola, y, en consecuencia, debe exigirse de nuevo que el Gobierno proponga a la sociedad una ley de competencia que aplique criterios universales, de forma que todos los inversores, accionistas y responsables de empresas se sientan concernidos por las mismas reglas. En el actual esquema normativo de competencia, la arbitrariedad es la regla dominante. El mercado energético español y su entorno financiero sufren un profundo descrédito internacional por esta causa.

Cosa distinta es que las condiciones de competencia estrictamente calculadas por el TDC chocaran con la garantía de un mínimo de rentabilidad para los accionistas. Es incomprensible para un potencial inversor que dos empresas se fusionen para formar un patrimonio que ni siquiera garantiza el tamaño de la más grande. Pero esta contradicción carece de solución en la práctica. Sólo ilustra sobre la imposibilidad de justificar en un hipotético aumento de la competencia la fusión de dos eléctricas que operan en un mercado cerrado. Lo que no puede ser, no puede ser, y además es imposible. Si finalmente la fusión se frustra por las limitaciones impuestas, será un fracaso que hay que atribuir a la pertinacia del Gobierno en mantener una política de competencia abiertamente incompatible con las reglas del mercado.

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