El Consejo de Ministros flexibiliza el mercado de los fondos de inversión para la creación de nuevos productos
El Consejo de Ministros aprobó ayer el nuevo Reglamento de las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC), en el que da autorización para crear nuevos tipos de fondos y flexibiliza los requisitos de constitución de nuevos productos. Esta 'modificación parcial' da vía libre para la creación de los fondos índices, cuya composición imita a la de un índice de renta fija y variable, así como los fondos de fondos. Estos productos eran muy esperados por el mercado, ya que invierten en otros fondos con lo que facilitan la diversificación de riesgos. La nueva normativa permite constituir fondos en divisas y otros dedicados a valores no cotizados.
El nuevo reglamento, cuya tramitación ha llevado varios años, reduce de seis a tres meses el plazo que tiene la Administración para autorizar la constitución de nuevas instituciones, lo que agilizará la aparición de nuevas ofertas. Esta normativa rebaja también del 5% al 3% el coeficiente de liquidez requerido a las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SIMCAV), con lo que lo iguala con los Fondos de Inversión Mobiliaria (FIM). Además, estos últimos productos podrán crearse con un capital inicial de 50 millones de pesetas, mientras que los FIAMM requerirán 100 millones, siempre que en seis meses alcancen 500 y 1.500 millones de patrimonio gestionado, respectivamente.
El Real Decreto introduce, además, variaciones en las comisiones que pagan los partícipes, ya que a partir de ahora las cargas abonadas por depósito se calcularán sobre el patrimonio total en lugar del valor nominal, que habitualmente es muy inferior.
Según el Consejo de Ministros, la nueva normativa 'permitirá a los inversores disponer de una gama más amplia de posibilidades de inversión con máximas garantías y proporciona un marco legal equiparable al de sus competidores comunitarios'.
El Real Decreto introduce medidas encaminadas a garantizar la protección de los inversores, de forma que autoriza a la CNMV a suspender la actuación de un gestor, al tiempo que establece normas de conducta para asegurar que la gestora busca siempre el interés del inversor.
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