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El preso que degolló a otro en Soto se niega a salir en libertad provisional

Pablo Esteban, el preso de 64 años que degolló con una cuchilla de afeitar a su compañero de celda en la cárcel de Soto del Real, se niega a quedarse en libertad provisional hasta tanto se celebra su juicio. Los jueces, al cumplir dos años de prisión provisional, según establece la ley, preguntaron a Esteban, el pasado 5 de enero, si deseaba estar libre provisionalmente mientras se celebraba la vista oral o si quería seguir en la penitenciaria psiquiátrica de Fontcalent (Alicante), adonde fue trasladado tras matar a su compañero de celda, Jesús Cano Muñoz, de 53 años. Su respuesta fue rotunda: 'Quiero seguir en prisión'. Fuentes jurídicas aseguran que Esteban dice encontrarse bien en Fontcalent y no desea salir. Tras consultar al resto de las partes, incluido el fiscal, el tribunal ha entendido que el acusado debe seguir preso porque existe 'riesgo de fuga y carece de arraigo familiar'.

Pese a su grave esquizofrenia, la prisión de Soto, según el sumario, permitió que Cano Muñoz compartiese celda con Esteban, un interno que apenas llevaba dos meses en prisión provisional y que no había sido informado del estado mental de su agresor. Cano Muñoz degolló con una cuchilla de afeitar a Esteban el 12 de enero del año 1999. La agonía duró 20 minutos y los hechos sucedieron sin que ningún funcionario se percatase de sus gritos. El juicio se celebrará en la Audiencia de Madrid, aunque aún no hay fecha.

El tribunal ha atendido la petición del abogado de la víctima, Francisco de Asís Vargas Salmerón, para que el Estado se persone en las diligencias y responda de una eventual responsabilidad civil subsidiaria. El abogado se congratula de la decisión de la Audiencia, aunque lamenta la actitud del fiscal: 'Obvió el trámite que dispone el artículo 650, con craso olvido de sus obligaciones estatarias, puesto que en su escrito de calificación provisional no determina el hecho en virtud del cual el Estado debe ser parte en el proceso'. El fiscal solicita nueve años de cárcel para el acusado y que el Estado indemnice con 7,5 millones a los herederos del fallecido.

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