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Los jueces reiteran que el 'coeficiente K' es alegal

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid acaba de dictar dos autos en los que reitera que el impuesto urbanístico conocido como coeficiente K es alegal, es decir, que carece de cobertura legal. En sendas resoluciones, recuerda al Ayuntamiento de Madrid que la sentencia que declara nulo ese impuesto (véase El PAÍS del 18 de diciembre) es irrecurrible en casación ante el Tribunal Supremo.

El Consistorio pretendía recurrir en casación esa sentencia porque se juega en ella la devolución de 3.400 millones cobrados indebidamente a los constructores de la capital. El coeficiente K es un impuesto implantado por el PP en 1997 dentro de las normas del Plan General de Ordenación Urbana y supone el pago de un canon antes de obtener una licencia de obras.

La Sección Primera del alto tribunal madrileño asevera que la sentencia es irrecurrible en casación, si bien deja en manos del municipio la posibilidad de presentar un recurso de queja ante el Supremo.

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