Una juez prohíbe a una empresa de 'telemarketing' grabar a sus empleados
El Juzgado número 7 de lo Social de Valencia ha dictado una sentencia por la que declara que las escuchas telefónicas y grabaciones de las conversaciones durante el trabajo vulneran el derecho a la intimidad personal establecido en la Constitución. CGT presentó una denuncia en nombre de varios teleoperadores de la empresa Atento Comunicaciones España, dedicada a la actividad de telemarketing y a la prestación de servicios telefónicos. La empresa insertó en los contratos de los demandantes una cláusula en la que indicaba que el trabajador quedaba 'informado' de que la empresa podía realizar 'escuchas y grabaciones de las conversaciones del trabajador'. El fallo estima que la aceptación de la cláusula sin ningún tipo de limitación 'permitiría una interpretación amparadora del uso de escucha y grabación durante toda la jornada laboral', en la que se pueden producir conversaciones entre trabajadores, e incluso entre éstos y los clientes, de índole privada que la empresa no tiene derecho a conocer.
Violación de correspondencia
Un juzgado de Valencia investiga un posible delito de violación de la correspondencia cometido supuestamente por la Confederación de Asociaciones de Vecinos de la Comunidad Valenciana (Cave Cova). Según el presidente de la Federación de Asociaciones de Vecinos de la Comunidad Valenciana (Favcova), Carlos Ruiz, en junio y julio de 1999 les llegó correo con signos de haber sido manipulado. Correos dice que había una orden de desvío de la correspondencia de Favcova a un apartado de Cave Cova, con la que tiene diferencias. Correos afirma que los envíos los recogió Consuelo Arnau, entonces secretaria general de Cave Cova y ahora asesora del PSPV en el Ayuntamiento.
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