El Tribunal Supremo decide entrar a analizar los presuntos problemas de seguridad de Itoiz
Admite como prueba documental dos informes que alertan sobre riesgos catastróficos
El Tribunal Supremo ha admitido los informes técnicos de los porfesores Antonio Casas y Arturo Rebollo sobre los riesgos de seguridad que presenta la presa de Itoiz como pruebas documentales en el proceso de revisión de la sentencia que declaró ilegal el embalse en el año 1997. El Supremo decidió el pasado 5 de julio revisar el caso a raíz de la interposición por parte de la Coordinadora de Itoiz de un recurso extraordinario de revisión. La demanda se presentó al descubrir el organismo opositor al pantano un informe de 1989 y que advertía riesgos de deslizamiento de la ladera izquierda de la presa.
Estudios de los suelos
El Supremo aceptó revisar el proyecto, declarado en su día ilegal por motivos exclusivamente medioambientales, al aportarse nueva documentación no conocida entonces y cuyo carácter esencial o no para la causa debe determinar ahora el tribunal. Tanto el Ministerio de Medio Ambiente como la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) y el Gobierno de Navarra, impulsores de Itoiz, han negado riesgos en la seguridad de la presa y han asegurado que el informe de la consultora Intecsa SA fue un dictamen técnico más de los emitidos en su día durante la proyección del embalse y que su existencia no se ocultó.No obstante, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha decidido no sólo analizar los informes técnicos realizados por Antonio Casas, geólogo y profesor del departamento de Ciencias de la Tierra de la Universidad de Zaragoza, y Arturo Rebollo, geólogo, ingeniero de caminos, canales y puertos, arquitecto y consultor de la firma catalana Civiltec, sumamente críticos ambos con la seguridad del pantano construido en el valle de Lónguida, sino que ha decidido llamar a ambos a declarar para que testifiquen personalmente en el procedimiento abierto sobre esta obra pública.
Informes
La Coordinadora de Itoiz afirmó en su recurso que las diferentes administraciones implicadas han venido realizando un "permanente y defectuoso estudio de los suelos" ocupados por el embalse. El informe de Arturo Rebollo, visado por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Cataluña el 30 de agosto de 2000, concluye destacando que Itoiz podría acarrear diversos riesgos catastróficos no sólo en Navarra, sino en todo el valle del Ebro debido a la progresiva acumulación de sus efectos en las diferentes presas que jalonan su recorrido. Rebollo señala que, debido al riesgo de deslizamiento de suelos al vaso del pantano, éste "no debe jamás llevarse a sus últimas consecuencia de llenado y entrada en servicio".En una Providencia fechada el pasado quince de noviembre, la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Supremo solicita a la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas del Ministerio de Medio Ambiente toda la documentación existente sobre Itoiz, incluyendo el proyecto técnico de la presa de 1989, el proyecto de construcción del embalse de 1992, así como los proyectos de modificación y obras complementarias de los años 1995, 1996 y 1997, entre otros.
Sin embargo, el Supremo ha rechazado la solicitud de la Coordinadora para que un organismo independiente y de prestigio realice un informe técnico sobre la seguridad de Itoiz. La Sala no admite esta posibilidad como prueba documental al considerarla "propiamente pericial" y la Coordinadora ha recurrido el rechazo.
El listado de organismos propuesto para realizar ese informe incluía al Grupo Internacional de Investigación de Deslizamientos de Estados Unidos, las cátedras de Ingeniería Geológica y Geotecnia de la Universidad Politécnica de Catalunya, la cátedra de Mecánica de Rocas y el Departamento de Ingeniería Geológica de la Universidad Politécnica de Madrid y el Estudio de Ingeniería Lombardi de Locarno (Suiza).El Abogado del Estado no ha demandado prueba alguna en el proceso al considerar que se trata de una cuestión "puramente jurídica" mientras el Gobierno de Navarra aduce que la Coordinadora de Itoiz presentó el recurso fuera de plazo, ya que sostiene la tesis de que conocía el documento de Intecsa con anterioridad.
El Tribunal Supremo tiene que analizar si, a la vista de los nuevos documentos sobre la seguridad de la presa, que tiene una altura de 122 metros y debe soportar 418 millones de toneladas de agua, el proyecto vulneró o respetó la legislación aplicable a Itoiz, que es la relativa a la orden ministerial de 21 de marzo de 1967 sobre grandes presas.
El pasado mes de marzo el Tribunal Constitucional declaró la validez de la ley foral 7/1996 de 17 de junio de Espacios Naturales de Navarra, cuya aprobación permitiría ajustar a la ley las afecciones del pantano a los espacios naturales protegidos, un embalse que está, a falta de concluir su dique secundario, totalmente acabada.
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