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TRIBUNALES

El TSJ ratifica la sentencia de Luxemburgo y obliga a reducir la jornada de los médicos de atención primaria

Los médicos de atención primaria de la Comunidad tienen derecho a disfrutar de una jornada de trabajo que no exceda de 48 horas, incluidas las guardias, según establece el fallo hecho público ayer por Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que responde a una denuncia del Sindicato de Médicos de Asistencia Pública (Simap). La sentencia se nutre de un dictamen del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas -planteado a partir de la misma denuncia del Simap- que, además de fijar este tope de horas, establece que el tiempo dedicado a atención continuada -conocido como guardias- "con presencia fisica de los médicos en el centro sanitario" debe considerarse tiempo de trabajo ordinario y en su caso horas extraordinarias, un aspecto que Sanidad ignoraba.La sentencia reconoce la condición de dichos médicos como trabajadores a turnos, lo que se traduce en una reducción de sus jornadas de trabajo, entre otras ventajas laborales. De hecho y por un acuerdo entre sindicatos y administración con fecha del 22 de febrero de 1992, el personal sanitario en turnos rotatorios adscrito a la Generalitat Valenciana está obligado a cumplir un total de 1.530 horas al año, un acuerdo que no alcanzaba a los médicos que, según el Simap, llegaban a rebasar las 2.200 horas anuales.

La sentencia rechaza la petición de los médicos de cumplir una jornada laboral de 40 horas semanales aduciendo que esta medida no forma parte de las garantías mínimas comunitarias. Sin embargo, para el representante del Simap, Juan Benedito, los médicos tendrán que realizar jornadas semanales no superiores a las 40 horas, ya que éste es el tope establecido por la ley española para todos los trabajadores, y cobrar en concepto de horas extraordinarias las que rebasen esta cifra.

El límite de horario laboral se traducirá en un aumento de plantillas de los médicos de primaria, para Benedito. "Se acabó la jornada médica ilimitada, una jornada que sólo dependía de los directores de los centros sanitarios", destacó ayer el representante del Simap. La sentencia supone "un hito en la historia del derecho médico desde la existencia de la sanidad pública y reconoce el derecho de los médicos a una jornada y un salario justo", defendió. Benedito insistió en que "las sentencias no se negocian, se ejecutan" y en que ésta ratifica el dictamen emitido el pasado 3 de octubre por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas con sede en Luxemburgo.

La Consejería de Sanidad respondió ayer mismo a la sentencia por boca del subsecretario para la Agencia Valenciana de la Salud, Marciano Gómez. La propuesta que la consejería presentará mañana a la mesa sectorial que regula el sistema de guardias "se ajusta al máximo de 48 horas laborables" del personal de primaria, según Gómez.

El subsecretario destacó que entre los aspectos incluidos está el que permite a los médicos de primaria librar el día siguiente al de la guardia que realicen. Además, Gómez señaló que si la guardia tiene lugar en domingo o en días festivos, a la libranza posterior a la guardia se suma un día más festivo. A ello, se suman otros aspectos de "mejora de organización laboral". Con estas modificaciónes, Sanidad se ajusta a la sentencia del TSJ, según la propia consejería. El subsecretario del departamento que dirige Serafín Castellano señaló que respetará la sentencia y apuntó que los servicios jurídicos de la consejería estudiarán su contenido .

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