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El Superior deniega una licencia laboral a una mujer que formaba una pareja de hecho

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha ratificado la decisión tomada por el gobernador civil de Guipúzcoa de denegar a una funcionaria "licencia retribuida por estar en situación de convivencia" de hecho y no de "matrimonio civil o religioso". La funcionaria pidió en 1996 una licencia retribuida de 15 días, que le fue denegada porque la ley sólo reconoce esta posibilidad en el caso de matrimonio. La ponente mantuvo la decisión gubernativa basándose en "la constitucionalidad de las medidas de los poderes públicos que otorguen un trato distinto y más favorable a la unidad familiar basada en el matrimonio que a otras unidades convivenciales".-

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