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El juez cierra la instrucción del crimen de la Villa Olímpica, con tres recursos pendientes

Libertad y procesamiento

Punto y final a la instrucción judicial del crimen de la Villa Olímpica. El magistrado Adolfo Fernández Oubiña ha acordado ya la conclusión del sumario y en los próximos días remitirá el caso a la Sección Sexta de la Audiencia de Barcelona para que prosiga los trámites y pueda celebrarse el juicio contra los acusados de asesinar el pasado 1 de abril a Carlos Javier Robledo, tras propinarle una brutal paliza. Sin embargo, esa recta final puede tardar todavía varias semanas en cubrirse. Sobre el caso penden tres recursos contra decisiones adoptadas por el juez instructor que deberá resolver la Audiencia y que aclararán alguno de los interrogantes actuales. Uno de ellos es definir si el Ayuntamiento de Barcelona es acusador o acusado en la causa. El juez Fernández Oubiña, titular del Juzgado de Instrucción número 14 de Barcelona, le ha considerado desde el primer momento responsable civil subsidiario de los hechos, pero formalmente el consistorio está en el caso ejerciendo la acción popular y en numerosas ocasiones ha coincidido con los planteamientos de la fiscalía.

A la vista de esta situación, los letrados externos contratados por el Ayuntamiento han presentado un recurso de queja para que la Audiencia de Barcelona aclare la situación. Si se les da la razón, el consistorio podrá acusar y, por tanto, podrá recuperar la fianza de 75 millones de pesetas depositada para asegurar las responsabilidades civiles que se deriven del caso. Inicialmente el juez cifró esa cantidad en 200 millones, aunque la Audiencia de Barcelona la rebajó después a 125 millones. Si la Audiencia confirma el parecer del juez, el Ayuntamiento no podrá acusar.

Del mismo modo, la Audiencia de Barcelona deberá resolver también los recursos de las acusaciones contra la orden de libertad de los 10 acusados acordada por el juez el 1 de septiembre. Y finalmente, la Sección Sexta deberá pronunciarse en las próximas semanas sobre si mantiene o revoca el auto de procesamiento contra los acusados. Inicialmente el juez les imputó un delito de asesinato consumado, en la persona de Robledo, y dos más en grado de tentativa, supuestamente cometidos contra los dos amigos que le acompañaban. Sin embargo, al final redujo estos cargos a dos delitos de lesiones y las acusaciones recurrieron.Y por si no hubiera bastante, el último auto del juez, del 29 de septiembre, ha abierto un nuevo frente al afirmar que los abogados del consistorio pudieron prevaricar por no defender bien los intereses de quien les contrató. El problema es que como los abogados creen que deben acusar en el proceso, pidieron que se agravaran los cargos contra los imputados, pero como el juez considera que el Ayuntamiento está acusado, opina que los abogados están perjudicando los intereses de quienes les contrató y por tanto, son responsables de un delito previsto en el Código Penal que se castiga con penas de hasta cuatro años de inhabilitación.

La respuesta del Ayuntamiento ante esta acusación ha sido la de recoger todos los autos dictados por el juez en la causa y numerosas declaraciones realizadas a la prensa para remitirlas la semana próxima al Consejo General del Poder Judicial.

Mientras tanto, la causa seguirá su trámite en la Audiencia, donde el juez ha emplazado ya a los procesados. Cuando llegue el sumario, el tribunal pedirá a las partes que se pronuncien sobre la conclusión del caso o si creen que deben realizarse más pruebas. Si es así y la Audiencia lo acuerda, el juez deberá realizarlas.

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Una vez acabadas, las acusaciones pedirán que se abra juicio, la Audiencia lo acordará y se presentarán los escritos de defensa y acusación. Cuando eso acabe, se señalará la fecha del juicio.

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