El fiscal pide la nulidad de la sentencia que violó el Pacto de la ONU
Nuevo tribunal
El fiscal del Tribunal Supremo ha pedido a la Sala de lo Penal que declare la nulidad de la sentencia que vulneró el derecho a la doble instancia previsto en el artículo 14.5. del Pacto Intenacional de Derechos Civiles y Políticos de Nueva York, según un dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU favorable a Césareo G. M., condenado en España por asesinato frustrado. El fiscal ha solicitado la nulidad de la sentencia y que se celebre un nuevo recurso con otros magistrados, pero entiende que no debe suspenderse cautelarmente la condena de 12 años y un día impuesta a Cesáreo G.
El artículo 14.5 del Pacto de Nueva York establece que "toda persona declarada culpable de un delito tendrá derecho a que el fallo condenatorio y la pena que se le haya impuesto sean sometidos a un tribunal superior, conforme a lo prescrito por la ley".
El fiscal del Supremo Fernando López Fando admite que el Comité de Derechos Humanos de la ONU tiene competencia para decidir cuándo se ha producido una violación del Pacto, y su decisión tiene que ser reconocida por el Estado español.
Sin embargo, entiende que la decisión del Comité "carece de alcance general y va referida al caso concreto del recurso que examina". Por tanto, es "en el caso concreto" en el que se ha producido una violación del Pacto, sin que ello implique "una crítica a la legislación vigente en España respecto a la casación".
El informe del fiscal insiste en que las normas del recurso de casación en España "respetan el Pacto en la generalidad de los casos", aunque también el Estado tiene la obligación de garantizar a toda persona cuyos derechos han sido violados la posibilidad de interponer un recurso efectivo.
Según el fiscal, dada la situación del procedimiento, ese recurso sólo es posible anulando la sentencia dictada en casación y retrotrayendo las actuaciones al momento de la vista del recurso para que un nuevo tribunal, integrado por otros magistrados, vuelva a analizar la cuestión con respeto a las exigencias que se derivan de la decisión del Comité.Respecto a la suspensión cautelar de la condena, reclamada por el abogado José Luis Mazón -que ganó el caso ante el Comité de la ONU-, el fiscal entiende que no procede, porque sería ir más allá de lo acordado por el comité. El fiscal López Fando explica que Cesáreo G. está huido desde que fue condenado y la nulidad de la sentencia no afecta a la condena firme de 12 años quese le impuso en su día.
El fiscal también rechaza, como "carente de fundamento", la pretensión de un nuevo juicio.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.