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El Consejo de Estado advierte al Gobierno de que su plan para RTVE es inconstitucional

El plan del Gobierno para mejorar la gestión de Radio Televisión Española (RTVE) "plantea el problema de una posible inconstitucionalidad". Así de rotundo se muestra el Consejo de Estado en el dictamen que aprobó a finales de julio y en el que analiza los dos borradores de decreto ley de "reordenación del sector público empresarial" elaborados por el Ejecutivo y que prevén la adscripción del control de la gestión financiera de RTVE a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) -que agrupa las empresas públicas y depende de Hacienda- , así como su "dependencia funcional" de Presidencia.

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El Consejo de Estado, órgano consultivo, pero cuyas opiniones tienen un gran peso, considera que el traspaso de RTVE a la SEPI -proyecto muy criticado por la oposición- "debe producirse mediante norma con rango de ley" y no por decreto. En el dictamen, el órgano que preside Íñigo Cavero no oculta su recelo por las consecuencias de una iniciativa que llega a calificar de "inmadura", "apresurada" y "aparentemente excesiva".Una frase, rotunda, resume la opinión del Consejo: "La adscripción [de RTVE] a la SEPI implica el sometimiento a la determinación externa de unos criterios que no pueden dejar de incidir en la actividad del ente público; cabría pensar que sólo en lo puramente económico, pero un elemental ejercicio de realismo llevaría a reconocer que quizá tuviera trascendencia respecto de su misma orientación".

La conclusión final del dictamen es, por lo tanto, demoledora para el Ejecutivo. "A juicio del Consejo de Estado, no debe procederse a la modificación del Estatuto de RTVE" como pretende el Gobierno. Esa modificación, por decreto, cambiaría la esencia de la Ley 4/1980 que prevé el control parlamentario de RTVE y el nombramiento de sus consejeros por el Congreso y el Senado.

En todo caso, y si el Ejecutivo persiste en su idea, el Consejo recomienda "ejercer las iniciativas legislativas pertinentes mediante la remisión a las Cortes Generales de proyectos de ley", renunciando a la vía del decreto por las repercusiones para el funcionamiento del ente, las repercusiones sobre los derechos recogidos en la Constitución "y por la inmadurez de que adolece la iniciativa en su apresurada y aparentemente excesiva pretensión -bajo el pretexto de atender a un problema concerniente a un concreto ente público- de abordar una reordenación del sector público en términos que difícilmente pueden ajustarse a la exigencia del Tribunal Constitucional de que las medidas adoptadas por real decreto-ley sean concretas y de eficacia inmediata".

En los borradores legales enviados el 20 de julio al Consejo de Estado (ver EL PAÍS del 31 de julio), el Gobierno justificaba el recurso al decreto para mejorar la gestión del ente público en la difícil situación financiera que atraviesa RTVE -con una deuda de 650.000 millones- y en la obligación de cumplir los compromisos asumidos con la Unión Europea en materia de estabilidad presupuestaria.

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Pero el Consejo de Estado recuerda al Gobierno que el real decreto-ley que propone el Ejecutivo "plantea el problema de una posible inconstitucionalidad al carecer de un contenido directamente aplicable, pues el Tribunal Constitucional exige que las medidas requeridas para hacer frente a la situación extraordinaria y urgente necesidad (sic) sean concretas y de eficacia inmediata". En otras palabras, en este caso, la vía del decreto no se justifica. Para que no quede duda, el dictamen remacha: "La necesidad no es sobrevenida ni imprevista, ya que la situación deficitaria de RTVE es endémica, aunque el déficit pudiera venir aumentando en años recientes".

Por si el argumento no estuviera suficientemente claro, el Consejo de Estado abunda en otro de sus extremos. Según el dictamen aprobado, la adscripción de RTVE a la SEPI requeriría una modificación de su Estatuto, ya que legalmente, el organismo que dirige Pedro Ferreras sólo puede hacerse cargo de empresas que tengan forma jurídica mercantil, es decir, que tengan acciones, lo que no es el caso de RTVE. El problema surge a la hora de cambiar el Estatuto de la SEPI, que está recogido en la Ley 5/1996 de 10 de enero. Como en el caso del Estatuto de RTVE, una modificación de la ley requiere otra ley, no un simple decreto.

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