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Diez años de litigio, siete años de incumplimientos

El litigio que ha desembocado en el encierro de feligreses contra el derribo de la parroquia de Nuestra Señora de las Fuentes (Fuencarral) se inició en noviembre de 1990, cuando dos vecinos de la calle de Villa de Marín, 41, un bloque de viviendas próximo al templo, presentaron un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia contra el edificio de la iglesia. Aquel recurso tiene ya diez años de incidentes:3 de enero de 1993. El Tribunal Superior declaró nula la licencia dada por el Ayuntamiento de Madrid por no observar la distancia mínima de separación entre edificaciones y declaró la obligación de demoler "aquella parte de lo edificado que sobrepasara el límite de separación".

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3 de enero de 1994. Requerimiento al alcalde para que cumpliera la sentencia.

14 de septiembre de 1994. El tribunal requiere al arzobispado para que informe de las acciones emprendidas para ejecutar la sentencia, a lo que los representantes de la iglesia contestan que están negociando un acuerdo con el Ayuntamiento y los vecinos. El tribunal no atendió esa explicación y dio 20 días para que se derribara el templo.

31 de enero de 1995. El Ayuntamiento decide por decreto ejecutar la sentencia ante el incumplimiento del arzobispado. La iglesia recurre contra el decreto municipal. El tribunal lo desestima.

23 de febrero de 1995. El Ayuntamiento envía sus máquinas a derribar el edificio, pero el arzobispado se interpone y recuerda que antes hay que desacralizar el templo.

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6 de marzo de 1996. Los responsables de la Gerencia Municipal de Urbanismo comparecen ante el tribunal para explicar que, según han descubierto, el bloque de los vecinos recurrentes es el que está mal construido e invade la parcela propiedad de la iglesia.

1 de julio de 1996. El arzobispado comunica que ha demandado a los propietarios del bloque de pisos colindante con la parroquia.

4 de julio de 1996. Segundo intento de derribo por parte del Ayuntamiento. El párroco se resiste alegando que el templo no está desacralizado.

19 de noviembre de 1996. El arzobispado desacraliza la iglesia.

20 de julio de 1999. El Supremo desestima un recurso del arzobispado contra el derribo.

11 de febrero de 2000. El Ayuntamiento y el arzobispado envían sendos escritos para evitar la ejecución de la sentencia. Desestimados.

23 de marzo de 2000. El gobierno municipal tramita la legalización de la iglesia en un acuerdo del pleno. El Tribunal Superior anula el acuerdo del pleno, impone una multa de 250.000 pesetas al gerente de Urbanismo y, dos meses después, urge al alcalde a derribar el templo.

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