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El Poder Judicial critica que una policía estuviera 8 años imputada La agente sufrió injustificadamente arresto y "preguntas de cama"

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó en su último pleno un informe de la vocal Manuela Carmena que aprecia anormal funcionamiento de la Administración de justicia por la tardanza de ocho años en archivar la imputación infundada de la policía Rosa María Castañeda en un crimen pasional entre policías hombres. El CGPJ no se pronuncia sobre el importe de 25 millones de pesetas que Castañeda pide a Justicia.

El informe del CGPJ analiza el hecho de que la resolución de sobreseimiento se dictara ocho años después de iniciada la investigación y declara que "esta dilación, precisamente por su falta de justificación razonable y por su excesiva duración, ha de reputarse, sin duda, como indebida".En cuanto al retraso de tres años y medio en la entrega de la documentación reiteradamente solicitada sobre las actuaciones judiciales en las que se había implicado a Castañeda, el CGPJ aprecia también "la concurrencia de funcionamiento anormal de la Administración de Justicia".

El expediente que tramita Justicia tiene como origen la larga lucha jurídica de Castañeda, una joven que, tras alcanzar en 1986 el título de Miss Santander, se enroló con 23 años en la policía municipal y se vio imputada en un crimen pasional entre dos de sus compañeros, a raiz de "un pretendido triángulo amoroso que nunca existió", puntualiza, y del que le costó ocho años deshacerse y que se reconociera que no había motivo para acusarle de nada.

Del hecho de que el policía agresor, que resultó condenado a pena de cárcel, fuera novio de Castañeda, y de que el agredido lo hubiera sido, las autoridades policiales y judiciales extrajeron conclusiones que, según se demostró finalmente, carecían de justificación, porque se fundamentaban en circunstancias sin relevancia penal.

"Preguntas de cama"

Durante los ocho años en que permaneció imputada en un crimen pasional Castañeda tuvo que escuchar en un juicio "preguntas de cama", frente a las que alegó su derecho a la intimidad, o apreciaciones machistas como la de un fiscal jefe que casi la acusaba de responsabilidad penal por "despertar pasiones en los hombres".

Desde el 12 de enero de 1990, tres días después del tiroteo entre su novio y ex novio, en que fue detenida y hubo de permanecer tres días en los calabozos, hasta el 8 de septiembre de 1998, en que se le notificó su "sobreseimiento provisional", Castañeda luchó contra el empeño jurídico en convertirla en "cuerpo del delito", hasta el punto de que el juez la declaró imputada en un "presunto delito de homicidio frustrado" y ordenó su ingreso en la cárcel de Santander, a pesar de no apreciar en ella "indicios racionales de criminalidad".

Después de todos esos años de lucha contra unas imputaciones que le resultaban ajenas, Castañeda, asesorada por el letrado Tomás Rosón, presentó una demanda ante el Ministerio de Justicia, al que reclamó una indemnización de 25.450.000 pesetas, más intereses, en concepto de daños y perjuicios por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia. La reclamante invocó el artículo 121 de la Constitución, que reconoce el "derecho a una indemnización a cargo del Estado" por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia.

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