El fiscal pide cuatro años de cárcel para el director de un colegio que se quedó el dinero de la comida de los alumnos
La Fiscalía de Madrid solicita cuatro años de cárcel y ocho de inhabilitación en el cargo para el director de un colegio público de Madrid que supuestamente se apropió para fines "particulares" de casi 3,2 millones de pesetas destinados a pagar la comida de los alumnos de su centro. Según el fiscal, A. G. R., director del colegio Tirso de Molina-Virgen del Pilar, situado en la calle de Batalla del Salado, "dispuso para usos particulares de los fondos del colegio destinados al pago del suministro de comidas para los alumnos durante el último trimestre de 1995 y el primer semestre de 1996". Ello generó una deuda, según el fiscal, de 2.260.599 de pesetas con la empresa suministradora, Gesta, y otra de 946.660 pesetas con la empresa Canit, SL.
La Subdirección Territorial del Ministerio de Educación tuvo que abonar posteriormente la deuda con la primera empresa, pero aún sigue impagada la deuda con Canit, según el fiscal. El acusado no ha devuelto cantidad alguna.
El fiscal entiende en su escrito de acusación que los hechos constituyen un delito de malversación de caudales públicos. Igual tipificación de los hechos sostiene el abogado del Estado, que le pide la misma pena de cárcel e inhabilitación que el fiscal. Según el abogado que representa al ministerio, el acusado ocupó el cargo de director del citado centro educativo durante 25 años, entre 1971 y 1996. Además, asegura que parte del dinero malversado fue destinado a una empresa de la que el acusado era accionista. Para el abogado del Estado, la cantidad total malversada asciende a 3.343.559 pesetas, correspondiente a los ejercicios de 1995 y 1996.
La defensa discrepa del relato de hechos de las acusaciones. Afirma que, "aun siendo ciertos parte de los hechos" que relata el fiscal en su escrito, "la realidad es que" en el escrito del fiscal también debieron quedar reflejadas "las razones de necesidad" que impulsaron a su cliente a desviar ese dinero, así como "la absoluta colaboración que ha prestado con la instrucción" de esta causa. Según la defensa, A. G. R. "tenía necesidad de cubrir unas deudas que había contraído".
Para la defensa, A. G. R. debe ser condenado, como mucho, a un año de cárcel, ya que en su conducta concurre la atenuante de estado de necesidad.
Este caso ha sido investigado por el Juzgado de Instrucción 42 de Madrid y está pendiente de juicio en la Audiencia. Se celebrará en la Sección 17, aunque aún no se ha fijado la fecha.
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