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García-Castellón reclamará a jueces vascos 20 causas contra el 'grupo Y'

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón reclamará a varios jueces del País Vasco una veintena de causas que tramitan por kale borroka (violencia callejera) y en las que están implicados los miembros del grupo Y de apoyo a ETA que fueron detenidos el martes. El magistrado, tras tomar declaración a los cinco imputados, ordenó su ingreso en prisión incondicional, por considerarlos autores de hechos "que llevan aparejados una penalidad muy grave y que han producido una importante alarma social".

García-Castellón quiere unificar las causas de este grupo Y, al que considera el más importante de los detenidos hasta ahora por el número de las acciones cometidas. Los cinco detenidos, junto con otra docena de integrantes del grupo que ya han sido identificados, participaron en numerosas acciones de vandalismo callejero en la provincia de Guipúzcoa.Sin embargo, por muchas de esas acciones se abrieron procesos en el lugar en el que ocurrieron los hechos: Rentería, San Sebastián, Pasajes, y otras localidades guipuzcoanas. El juez, a instancias del fiscal, va a reclamar esos procesos para que sean juzgados en uno único.

Mientras tanto, el magistrado acordó ayer, tras tomar declaración a los cinco detenidos, su ingreso en prisión. Se trata de Garikoitz Gastesi Tolosa, Egoitz Urbe Irazusta, ambos de 20 años; Gorka Urbieta Huici y Mikel Lujambio Legasa, de 19, y Oroitz Gurrutxaga Gogorza, de 18 años.

Todos ellos están presuntamente implicados en numerosos actos de violencia callejera, como cortes de tráfico, quema de cabinas telefónicas, cajeros automáticos, autobuses, vagones de tren, una oficina de Hacienda, la casa del Pueblo del PSE-PSOE de Rentería y vehículos de policía local, de diversas empresas, como Telefónica, o de afiliados al PP.

Lujambio participó presuntamente en 19 actos de sabotaje desde 1996. Garikoitz Gastesi también está imputado en la mayoría de esas acciones, mientras que los demás participaron sólo en ocho o nueve.

Terrorismo

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El juez considera que los hechos revisten los caracteres de un delito de terrorismo de los artículos 577 y 574 del Código Penal.

El artículo 574 establece: "Los que perteneciendo, actuando al servicio o colaborando con bandas armadas, organizaciones o grupos terroristas, cometan cualquier otra infracción con alguna de las finalidades expresadas en el artículo 571 [subvertir el orden constitucional o alterar la paz pública], serán castigados con la pena señalada al delito o falta ejecutados en su mitad superior".

El artículo 577 señala: "Los que, sin pertenecer a banda armada, organización o grupo terrorista, y con la finalidad de subvertir el orden constitucional o de alterar gravemente la paz pública, (...) llevaren a cabo cualesquiera delitos de incendio, estragos o tenencia, tráfico y depósitos de armas o municiones, serán castigados con la pena que corresponda al hecho cometido, en su mitad superior".

El magistrado precisa en sus resoluciones que existen indicios suficientes para considerar a los detenidos autores de los hechos.

García-Castellón considera que estas acciones de violencia callejera han producido una importante alarma social y es una de las causas, además de la grave pena que los delitos llevan aparejada, por las que acordó su ingreso en prisión.

Esa actitud contrasta con la de un magistrado de Vitoria que recientemente dejó en libertad a un joven al que la explosión de un artefacto que manejaba le amputó varios dedos de una mano por entender que el hecho no provocaba alarma social.

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